Diario de León

Romper antes de tiempo la oferta anual de luz tendrá una penalización

La compensación a pagar será un 5% del precio de la energía pendiente de suministro.

El ministro de Industria, José Manuel Soria.

El ministro de Industria, José Manuel Soria.

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Jorge Murcia | Madrid
León

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Las comercializadoras deberán ofrecer a los consumidores acogidos al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) un precio fijo del suministro eléctrico para un año. Pero el usuario debe saber que, si decide rescindir el contrato de manera unilateral antes de que finalice, tendrá una penalización.

Es una de las novedades incluidas en el real decreto que establece el nuevo cálculo de los precios de la electricidad, y que ayer fue publicado en el Boletín Oficial del Estado. Esta cláusula figuraba en el borrador que el ministerio de Industria remitió a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) el pasado día 10 de febrero. Pero desapareció en una nueva propuesta enviada días después al Consejo de Estado. La redacción definitiva de la norma recupera las penalizaciones, que el comercializador de referencia podrá imponer «cuando éste acredite que se le han causado daños». La cantidad a pagar por el usuario «no podrá exceder el 5 por ciento del precio del contrato por la energía estimada pendiente de suministro».

«A este efecto —explica el real decreto— se empleará el método de estimación de medidas vigente para el cambio de comercializador».

La llamada «oferta alternativa» a los consumidores con derecho al PVPC (es decir, casi 17 millones) es una de las novedades del nuevo mecanismo de fijación del precio de la luz aprobado el viernes por el Consejo de Ministros. Este contrato establece un precio fijo del suministro eléctrico para un periodo de un año. La oferta deberá recoger «de forma diferenciada, clara e inequívoca» dos conceptos. En primer lugar, los precios que correspondan a los peajes de acceso. Y por otra parte, el relativo al resto del coste del suministro eléctrico, que será fijo durante todo el periodo de vigencia del contrato, y que vendrá expresado en euros por kilovatio a la hora (Kw/h). Los consumidores que opten por esta modalidad no estarán expuestos a los continuos cambios en el precio de la energía, ya que el coste del kilovatio será siempre el mismo, pero eso no significa que disfruten de una tarifa plana: cuanto más consuman, más pagarán.

En detalle

Pero, como han advertido muchas asociaciones de consumidores, y hasta las propias compañías eléctricas, es bastante probable que los usuarios con este tipo de contrato paguen la luz más cara que los acogidos al PVPC. Y eso es porque, a cambio de contar con la seguridad de un precio fijo, las comercializadoras incluirán en sus tarifas una especie de cobertura de riesgo para asegurarse de que no vayan a resultar inferiores a lo que marque el mercado diario o ‘pool’. Las compañías tienen hasta el día 15 de abril para comunicar sus ofertas a la CNMC, que las publicará en su web en un plazo máximo de cinco días desde su recepción. El periodo de validez de estas ofertas —a partir de su publicación en la web del órgano regulador— será como mínimo de un mes, y se aplicará durante un año una vez firmado el contrato con el consumidor

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