Diario de León

Pérdidas de recaudación de hasta 8.000 millones de euros

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Cálculos internos de la administración tributaria cifran en torno a los 50.000 millones de euros el volumen total de los préstamos que se podrían beneficiar de la deducibilidad de los intereses que contemplaba la ley. Suponiendo un tipo de interés medio del 5% anual representa unos intereses de 2.500 millones al año; eso permitiría un ahorro fiscal equivalente al tipo impositivo de Sociedades, alrededor de 750 millones de euros anuales.

Sólo con que el préstamo tuvieran una vida media de diez años (normalmente es muy superior), la pérdida de recaudación por este concepto rozaría los 8.000 millones de euros.

Y eso es lo que la sentencia del Supremo pone en cuestión que se pueda reclamar. Para febrero del año que viene está prevista una nueva sentencia del Alto Tribunal. Si se mantiene su tesis de julio, sentará jurisprudencia.

Además, el fallo de julio introduce un criterio aún más limitativo para la inspección. Considera que el hecho de que la Agencia Tributaria no investigue una operación o un ejercicio supone un «acto propio» e indirectamente está diciendo que esos hechos están bien.

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