PRÁCTICAS CONTRA LA COMPETENCIA
Multa de 88 millones a Danone, Nestlé y otras 7 empresas del sector lácteo
La CNMC propone una sanción por pactar precios y reparto del mercado entre el 2000 y el 2013
La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha impuesto multas por un importe total de 88,2 millones de euros a nueve empresas y dos asociaciones que operan en el mercado de aprovisionamiento de leche cruda de vaca en España, al considerar acreditada la existencia de un cártel entre ellas entre el 2000 y el 2013.
Según una nota emitida por el organismo que preside José María Marín Quemada, las multas más elevadas corresponden a Danone S.A., 23,2 millones; Corporación Alimentaria Peñasanta S.A., 21,8 millones; Grupo Lactalis Iberia S.A., 11,6 millones; Nestlé España, S.A.: 10,6 millones; Puleva Food S.L., con 10,2 millones y Calidad Pascual (antes Grupo Leche Pascual S.A.), con 8,5 millones, entre otras.
DENUNCIA DE UPA
Este expediente tuvo su inicio a raíz de un estudio sobre el sector lácteo remitido por el Servicio para la Defensa de la Competencia de Castilla y León y de una denuncia formulada por la Unions Agrarias (Unión de Pequeños Agricultores, UPA) contra las empresas transformadoras de leche.
Tras una investigación, que incluyó inspecciones domiciliarias simultáneas en las sedes de algunas de las principales empresas del sector y tras la instrucción del correspondiente expediente sancionador, la CNMC ha considerado que Asociación de Empresas Lácteas de Galicia (AELGA), Calidad Pascual (antes Grupo Leche Pascual S.A.), Central Lechera Asturiana (CLAS), Central Lechera de Galicia (CELEGA), Corporación Alimentaria Peñasanta (CAPSA), Copirineo Danone, Gremio de Industrias Lácteas de Cataluña (GIL), Grupo Lactalis Iberia, Nestlé España, Puleva Food y Senoble Ibérica han participado en conductas anticompetitivas que infringen la legislación de competencia. También habrían participado en las conductas, las entidades Industrias Lácteas Asturianas (ILAS), Leche Río, Feiraco, Leche Celta, Forlactaria, si bien su infracción habría prescrito.
iNTERCAMBIO DE INFORMACIÓN
Según la nota emitida por la CNMC este martes, las prácticas anticompetitivas llevadas a cabo por los infractores han consistido en el intercambiar información, a nivel nacional y regional, sobre precios de compra de leche de vaca cruda, volúmenes de compra de ganaderos y excedentes de leche con el objetivo común de consensuar y adoptar una estrategia conjunta para controlar el mercado de aprovisionamiento de leche cruda de vaca.
Como consecuencia de ello los ganaderos, carecían de libertad para fijar el precio de su producto y la empresa a la que suministraban, distorsionando el normal funcionamiento del mercado en beneficio de los transformadores.
DAÑOS Y PERJUICIOS
Contra la Resolución cabe recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Según la CNMC, cualquier persona o empresa que se considere afectada por las prácticas anticompetitivas descritas en esta Resolución puede presentar una demanda de daños y perjuicios derivada de las citadas conductas por infracción de la normativa de defensa de la competencia ante los tribunales civiles.