Diario de León

La lista pública de defraudadores no incluirá a quienes paguen la sanción

Aprobada la norma que permite dar a conocer a los condenados por delito fiscal.

Sáenz de Santamaría, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros de ayer.

Sáenz de Santamaría, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros de ayer.

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D. Valera | Madrid
León

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El Gobierno dio por fin el visto bueno a la publicación de la lista de defraudadores fiscales, aunque el proyecto que aprobó ayer el Consejo de Ministros fue más descafeinado de lo previsto inicialmente. Y es que los condenados por un delito de fraude fiscal podrán evitar que se publiquen sus nombres si pagan la sanción correspondiente por dicha infracción antes de que la sentencia sea firme. Una modificación que suaviza de forma considerable la medida tal y como estaba contemplada en el anteproyecto.

Hacienda aseguró que ese cambio responde a una recomendación realizada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Y es que la aprobación de esta ley ha tenido más problemas que su compañera de viaje, la lista de morosos, que se tramita junto con la Ley General Tributaria.

En detalle

Finalmente, las sentencias que se podrán publicar hacen referencia a delitos contra la Hacienda Pública, la insolvencia punible y el contrabando en los casos en que resulte perjudicado el erario público —en 2014 se produjeron 343 procesos por este tipo de delitos—. Sin embargo, habrá una serie de restricciones en la publicación. En primer lugar, como explicó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, sólo se conocerán los nombres de los condenados en sentencia firme «jurídicamente inatacables». Es decir, que no podrán darse a conocer fallos contra los que todavía quepa la posibilidad de recursos. Además, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad del condenado no se publicará la sentencia íntegra, sino los extractos que hagan referencia al delito fiscal y quedarán fuera, por ejemplo, los nombres de aquellas personas implicadas en la causa pero que no resulten afectadas por dicha resolución. De esta forma, el Ejecutivo también cumple con la exigente ley de protección de datos.

La tercera salvedad a la norma hace referencia a la exclusión de los defraudadores que paguen la sanción antes de que la sentencia sea firme, es decir, que restituyan la cuantía defraudada y la correspondiente multa como recomendó el CGPJ en su informe. Hay que recordar que el delito fiscal se considera a partir de un fraude de 120.000 euros.

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