El semáforo de alertas financieras, para febrero
A partir del próximo mes de febrero entrará en vigor la normativa que obliga a las entidades a incorporar el semáforo financiero en el que el inversor puede comprobar el riesgo que asume al adentrarse en un determinado producto. El Boletín Oficial del Estado podría publicar hoy mismo la orden ministerial que regula esta materia.
La nueva norma fija una clasificación de productos mediante una escala de seis colores, conocidos como semáforos, o de números del 1 al 6. Las entidades serán las que realicen la clasificación, cuya información deberá entregarse al cliente antes de la comercialización, según las fuentes.
El sistema de semáforos o números alertará sobre el riesgo de depósitos, bonos, acciones, seguros y planes de pensiones.