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El Supremo avala la imputación de Telefónica y Lazard en el caso Rato

Las empresas podrían haber infringido las medidas de vigilancia y control de sus directivos.

Publicado por
León

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efe | madrid

El Tribunal Supremo avala la imputación de las grandes corporaciones por su responsabilidad penal en delitos empresariales cometidos por sus directivos o consejeros, tal y como ha sucedido con Telefónica y Lazard por posible corrupción entre particulares en el marco del caso Rato.

Este miércoles, los representantes de ambas compañías comparecieron en calidad de investigados -antes imputados- ante el titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, Antonio Serrano-Arnal, para explicar los pormenores de los pagos, presuntamente irregulares, al ex vicepresidente del Gobierno.

La declaración ha llegado un mes después de que el secretario general de Telefónica, Ramiro Sánchez de Lerín, y el consejero delegado de Lazard en España, Pedro Pasquín, siempre como investigados, explicaran a la justicia los detalles de la contratación de Rato en ambas empresas.

En el caso de Sánchez de Lerín, Hacienda propuso su citación en su informe al juez, recogido en el sumario del caso, donde además el fisco se cuestiona quiénes propusieron al ex ministro e intervinieron en la elaboración de su contrato.

Las preguntas hacen planear la duda sobre unas empresas que, de demostrarse dichas irregularidades, habrían infringido las medidas de vigilancia y control de sus directivos, lo que podría acarrear a ambas una condena por su responsabilidad penal. Así lo refrenda la sentencia dictada por el pleno de la Sala de lo Penal el pasado febrero con la que el Supremo sentó doctrina al aplicar, por primera vez, la reforma del artículo 31 bis del Código Penal sobre la responsabilidad de las personas jurídicas.

Según ésta, cualquier persona jurídica -incluidas las sociedades mercantiles estatales, la administración pública, los partidos políticos y sindicatos, o el propio Estado- puede ser responsable de la comisión de un hecho delictivo.

El Código Penal establece de esta forma 31 delitos habituales en el ámbito empresarial, entre los que destacan alzamiento de bienes, blanqueo de capitales, fraude fiscal y corrupción.

Una lista que contiene las infracciones del caso Rato donde, además del ex vicepresidente del Gobierno, figuran como investigados más de una decena de personas de su entorno profesional.

No obstante, queda por ver en qué medida afecta al proceso el voto particular de los siete magistrados del Supremo que, pese a compartir el fallo de la Sala, apreciaron que la falta de control por parte de la empresa no acarrea necesariamente responsabilidad penal hasta que así no lo acredite la acusación.

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