El TC avala el estado de alarma por el conflicto en 2010 de los controladores
M. Balín | Madrid
El Pleno del Tribunal Constitucional confirmó ayer el auto del Tribunal Supremo que rechaza, por falta de jurisdicción, el recurso presentado por más de trescientos controladores contra la declaración del estado de alarma para la normalización del transporte aéreo, decretada por el Gobierno socialista en diciembre de 2010. La sentencia, que desestima el recurso de amparo formulado por los controladores contra esa resolución, afirma que el auto de la Sala Tercera del Supremo no vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva porque el decreto por el que se declara el estado de alarma es equiparable, por su contenido y sus efectos, a una ley y, por ello, la jurisdicción competente para su control no es la contencioso-administrativa sino la constitucional. Ha sido ponente de la sentencia la vicepresidenta de la corte de garantías, Adela Asua. Los hechos en los que se fundamenta la demanda se produjeron a raíz de que, el 4 de diciembre de 2010, el Gobierno declarara por decreto el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo.