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CONFLICTO EN TELECOMUNICACIONES

La CNMV sanciona a Telefónica Móviles y a cinco revendedores por la portabilidad

El organismo considera que incumplieron la metodología adecuada e incurrieron en irregularidades en la inscripción registral

Un establecimiento de Movistar.

Publicado por
AGENCIAS
León

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia(CNMC) ha sancionado con 236.800 euros a Telefónica Móviles España y a cinco entidades que revenden sus servicios de telecomunicaciones por presunto incumplimiento de diferentes obligaciones relacionadas con la portabilidad móvil, la subasignación de numeración y la inscripción registral. En concreto, se trata de las entidades revendedoras sancionadas son Ocean's Network, Royal Telecom, Agencia Notarial de Certificación (Ancert), Air Digital y Smart Group Soluciones Integrales.

La sanción para Telefónica Móviles España es de 180.000 euros, para Ocean's Network de 9.000 euros, para Smart Group Soluciones Integrales de 12.800 euros y asciende a 12.000 euros para cada una de las tres restantes (Royal Telecom, Agencia Notarial de Certificación y Air Digital). Por su parte, se archivan los procedimientos sancionadores contra el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM) y el Consell de Col.legis Farmacèutics de Catalunya (CCFC).

En un comunicado, la Comisión explica que la investigación se inició en el 2012 tras la denuncia de la Asociación de Operadores para la Portabilidad Móvil sobre potenciales irregularidades en materia de portabilidad móvil.

A Telefónica Móviles España se le imputa, en materia de numeración, el incumplimiento de las condiciones determinantes de las atribuciones y del otorgamiento de los derechos de uso de los recursos de numeración incluidos en los planes de numeración, además de la desobediencia de las Especificaciones Técnicas de Portabilidad. A las otras entidades se les sanciona por conductas contrarias a lo establecido en la ley general de telecomunicaciones en materia de inscripción registral, de numeración y de portabilidad móvil.

La CNMC recuerda que contra estas resoluciones se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación.