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Subirá la presión fiscal a los que lleven activos al exterior

Una directiva de la UE más dura entrará en vigor el próximo año .

Publicado por
León

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david valera | gijón

La lucha contra la ingeniería fiscal que utilizan multinacionales y los grandes patrimonios se ha convertido a raíz de recientes polémicas que han saltado a la luz en una de las prioridades de los gobiernos y de la UE. Así, desde que en 2015 entró en vigor la última reforma tributaria los contribuyentes (físicos o jurídicos) que cambian su residencia fiscal de España a un tercer país tienen que pagar un impuesto de salida, el denominado ‘exit tax’, sobre productos financieros para limitar los efectos de la elusión fiscal. Es decir, compensar la posible marcha a un territorio con una tributación más baja por unos beneficios generados en España. Sin embargo, la UE ha decidido ir más allá en una directiva que entrará en vigor el próximo año y que obligará al Gobierno a endurecer todavía más este impuesto.

En concreto, la directiva contempla que el contribuyente tendrá que tributar por cualquier transferencia de un activo a otro país. Así lo explicó ayer Begoña García, subdirectora general de impuestos sobre las personas jurídicas de la Dirección General de Tributos, durante la primera jornada del Congreso de la Asociación de Inspectores de Hacienda (IHE) celebrado en Gijón.

De esta forma, si un residente en España (se considera así a quién lleva diez de los últimos quince años con su domicilio fiscal en el país) se va al extranjero tiene que tributar por las plusvalías latentes de sus acciones o participaciones aunque no las haya vendido y siempre que su valor de mercado supere los 4 millones de euros.

La novedad que incluye la directiva europea es que ese mecanismo antielusión se podrá aplicar sin la necesidad de que el residente cambie el domicilio fiscal, sino que bastará que transfiera algún activo a otro país. Todo un cambio de postura por parte de la Comisión Europea que hasta hace muy poco consideraba que estos tributos eran contrarios al derecho comunitario por vulnerar la libre circulación de personas y capitales.