DERECHO DE LA COMPETENCIA
La ley favorecerá reclamar dinero a los cárteles por daños y perjuicios
Un borrador del anterior Gobierno de Rajoy amplía a 5 años el plazo para litigar contra los trusts
El 27 de diciembre es la fecha tope para que los Estados Miembros adopten la conocida como “Directiva de daños”, del 2014. Esta normativa europea pretende garantizar que cualquier persona o compañía pueda reclamar una indemnización por daños y perjuicios a quienes hayan cometido una infracción contra la libre competencia y, por ejemplo, hayan constituido un cártel de empresas para acordar de forma secreta un aumento de precios o un reparto del mercado para expulsar a competidores.
El Gobierno del PP ya elaboró a finales del 2015 un primer borrador, apenas difundido entre los despachos especializados,cuya tramitación quedó en suspenso por las elecciones generales. Ahora las fechas apremian y aunque difícilmente se llegará a tiempo, será preciso desempolvar ese texto. Además, hay aspectos de la directiva que pueden ser de aplicación directa ya desde diciembre, según los expertos de KPMG.
NOVEDADES
El texto del Gobierno eleva de 1 a 5 años el plazo para reclamarpor daños y perjuicios contra un cartel. “Este cambio aspira a garantizar que cualquier afectado por un cártel cuente con un plazo suficiente para poder ejercitar la acción evitando la prescripción”, según Borja Martínez Corral, director del área de Competencia de KPMG Abogados.
La otra gran novedad afecta a la mayor facilidad que tendrán las personas y empresas perjudicadas para acceder a pruebas con las que demostrar y cuantificar el daño sufrido.
EFECTO DISUASORIO
“Se pretende incrementar el efecto disuasorio” sobre los trusts, según Martínez Corral, ya que las actuales las multas a menudo resultan tan insignificantes para las grandes corporaciones, que les compensapagar la sanción y seguir con las mismas prácticas.
“Las empresas que infrinjan la ley de Defensa de la Competencia no sólo tendrán que pagar la multa que se les imponga sino también indemnizaciones de daños y perjuicios”, valoran en la Comisión de los Mercados y la Competencia (CNMC). Aunque en España ya existía la posibilidad de plantear este tipo de reclamaciones, han tenido escaso éxito. “La Directiva de daños puede facilitar que se interpongan más reclamaciones", añaden.
EL ‘CASO DEL AZÚCAR’
Entre los raros ejemplos está el del ‘caso del azúcar’. En noviembre del 2013, Nestlé, Zahor, Mazapanes Delaviuda, Productos Mauri, Galletas LU y otras firmas del sector alimentario, hasta un total de 14, lograron que el Tribunal Supremo obligara a la azucarera Ebro a indemnizarlas con algo más de 4 millones de euros por los sobreprecios que pagaron por entre 1995 y 1996 más intereses de demora. Ebro y otras cuatro azucareras ya habían sido sancionadas en 1999 por Competencia con una multa de 8,7 millones de euros. Hubo que esperar 14 años para que también indemnizaran a los perjudicados.
Desde entonces, apenas se ha repetido la experiencia, a pesar de que la propia CNMC, desde su página web, anima a los consumidores a reclamar y en algún caso concreto, como el delos concesionarios de coches, explica cómo hacerlo.
EL ‘CASO MASTERCARD’
En Estados Unidos, se trata de una práctica cotidiana. También en el Reino Unido, donde Mastercard fue condenada en julio a indemnizar con 68,3 millones de libras a la cadena de supermercados Sainsbury por aplicar tasas de intercambio abusivas en sus tarjetas de crédito y débito.
Recientemente, en España, una pequeña cooperativa lechera de Granada, la SAT San Antón, ha reclamado indemnizaciones por 15 millones a Puleva y otras tres empresas que habían pactado precios altos.
FONDOS, A LA CAZA
Aunque la directiva no promueve de forma específica las reclamaciones colectivas de consumidores o empresas perjudicadas (como las de las participaciones preferentes, por ejemplo), en la medida en que aumenten las demandas también aumentarán las de este tipo.
Será un terreno abonado para grandes despachos de abogados u organizaciones de consumidores. Ya hay un fondo de inversión británico, Therium Group Holdings Litigation, dispuesto a financiar pleitos de dueños de gasolineras contra Repsol, Cepsa o BP, tres petroleras sancionadas por Competencia en el 2009 por concertación de precios.