Diario de León

La UE prohíbe tarifas elevadas por llamar a atención al cliente

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José M. Camarero | Madrid

Nuevo varapalo a las empresas en favor del consumidor desde el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuyos magistrados consideran que el cobro de una tarifa en las llamadas a los servicios telefónicos de postventa no puede ser superior al coste estándar de una comunicación telefónica que paga el usuario.

Los magistrados consideran que un consumidor «no está obligado a pagar más de la tarifa básica» por ponerse en contacto con un centro de atención al cliente. Si lo hace, porque la empresa con la que tiene contratados los servicios le obliga a ello, podría disuadirle de utilizar ese canal por el que tiene que pagar más y, por tanto, de hacer valer sus derechos. Por ello, esta tarificación superior a la habitual se considera contraria a la propia normativa comunitaria sobre protección de los consumidores.

La Corte de Luxemburgo rompe con las facturaciones excepcionales que muchas compañías aplican cuando sus clientes utilizan servicios ligados a numeración específica, como ocurre como los 902.

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