Diario de León

El Constitucional declara «nula» la amnistía fiscal llevada a cabo en 2012

El fallo critica al Ejecutivo por «abdicar» de su obligación de que todos contribuyan al gasto público.

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david valera | madrid

La amnistía fiscal aprobada por el Gobierno del PP en 2012 congregó el rechazo de todos los partidos políticos, sindicatos y de los propios inspectores y técnicos de la Agencia Tributaria. Además, generó una gran indignación en la mayoría de la sociedad agravada con el paso del tiempo al conocer que entre los 30.000 contribuyentes que se acogieron a la regularización estaban nombres relacionados con casos de corrupción como el de Luis Bárcenas, Rodrigo Rato o la familia Pujol. Ahora, todas esas críticas tienen también el aval jurídico después de que ayer el Tribunal Constitucional declarase por unanimidad «inconstitucional» y «nula» la amnistía fiscal.

La sentencia asesta un tremendo varapalo a la imagen del Gobierno y, en especial, a la del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, a quien la resolución judicial priva siquiera del argumento legal para defender una iniciativa que le persigue desde su puesta en marcha. Las peticiones de dimisión este jueves se acumularon. Sin embargo, el fallo no tendrá efectos prácticos sobre los cerca de 40.000 millones aflorados y regularizados sin ningún tipo de sanción. Y es que los magistrados alegan la necesidad de preservar la «seguridad jurídica» para evitar el carácter retroactivo.

El fallo, que se produce tras un recurso presentado por el PSOE, reprocha con duros términos al Gobierno la fórmula escogida para aprobar la amnistía al considerarla no válida. Así, explica que la medida «vulnera» el artículo 86.1 de la Constitución, que prohíbe el uso del decreto-ley cuando las medidas aprobadas afecten «de forma relevante o sustancial» a los derechos fundamentales recogidos en el Título I de la Carta Magna. Y ese es el caso del artículo 31.1 sobre el «deber constitucional de todos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos» afectado por la amnistía. Es decir, los magistrados consideran que Ejecutivo cometió un defecto de forma al utilizar una herramienta jurídica insuficiente para una norma de calado que afectaba a la sostenibilidad del Estado de bienestar.

La sentencia destaca las ventajas que la polémica amnistía ofrecía. Entre ellas regularizar las rentas no declaradas aplicando un gravamen único del 10% -finalmente fue el 3%- y sin aplicar intereses ni recargos de demora. A pesar de estas facilidades, el proceso fue un fracaso al conseguir apenas 1.200 millones de euros, menos de la mitad de lo previsto. Ahora, también supone un fiasco jurídico. El Constitucional da un tirón de orejas al Ejecutivo al considerar que esas facilidades otorgadas a los defraudadores afectaron a los «pilares estructurales del sistema tributario» y alteraron «el modo de reparto de la carga tributaria de los contribuyentes».

Asimismo, el fallo rechaza de plano los argumentos del Gobierno sobre la necesidad de recurrir a la figura del decreto ley por la urgencia de captar recursos para cumplir con el objetivo de déficit.

La sentencia, además de fallar contra la forma de la amnistía arremete contra el fondo. Así, advierte del riesgo de que este tipo de medidas puedan legitimar como una opción válida «la conducta de quienes, de forma insolidaria, incumplieron su deber de tributar de acuerdo con su capacidad económica, colocándolos finalmente en una situación más favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligación de contribuir».

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