Diario de León

Derechos 'post mortem'

Los herederos de trabajadores fallecidos en Alemania podrán cobrar sus vacaciones no realizadas

Tras una sentencia europea, la justicia alemana dictamina que los familiares de la víctima tienen derecho a heredar sus días libres o a obtener una compensación económica

Imagen del ayuntamiento de la ciudad alemana de Wuppertal.

Imagen del ayuntamiento de la ciudad alemana de Wuppertal.

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CARLES PLANAS BOU
León

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El derecho a vacaciones es hereditario. Así lo confirmó el pasado miércoles la sentencia del Tribunal Superior de Trabajo de Alemania, que dictamina que los familiares de un trabajador fallecido podrán heredar los días libres no disfrutados o cobrar la compensación económica que suponen.

Así, la justicia alemana vuelve a dar la razón a Maria Elisabeth Bauer y Martina Broßonn, dos viudas de la localidad de Wuppertal que han recorrido un largo periplo judicial hasta lograr una retribución por las vacaciones no realizadas por sus maridos antes de fallecer. Ante la negativa de la empresa 'Technische Wartung und Instandsetzung' y del ayuntamiento a pagarles lo debido, las dos viudas acudieron al tribunal alemán, que, a su vez, lo consultó a la justicia europea.

Ahora, la sentencia establece que la señora Bauer recibirá una compensación total de 5.857 euros. Su marido, gravemente discapacitado, falleció en diciembre del 2010 sin haber librado 25 días a los que tenía derecho. En el caso de la señora Broßonn la retribución será de 3.702,72 euros correspondientes a los 32 días de vacaciones que tenía su marido cuando falleció en enero del 2013. El ayuntamiento de Wuppertal y el empresario Volker Willmeroth deberán abonar ese pagó.

DERECHO 'POST MORTEM'

Bauer y Broßonn denunciaron el caso a los tribunales regionales de Wuppertal y Düsseldorf. Ante la dificultad del caso estos decidieron consultarlo al Tribunal Superior alemán. Éste también optó por pedir una interpretación a la justicia europea. Así, el pasado noviembre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó que "el derecho de un empleado a vacaciones anuales retribuidas en virtud del Derecho de la Unión no cesa con su muerte.

La máxima autoridad judicial comunitaria también estableció que en caso de que las legislaciones estatales no contemplen ese derecho hereditario como la alemana los afectados podrán recurrir al TJUE para exigir una compensación, ya sea por parte de una empresa pública o una privada.

De esta manera y de acuerdo con la ley federal de vacaciones y licencias, la corte alemana implementa por primera vez la sentencia establecida desde Luxemburgo. Este derecho a las vacaciones anuales pagadas "como parte de la herencia" se aplica a la licencia mínima legal de 24 días laborables, que se amplía a dos días adicionales para las personas que sufren una discapacidad grave. Ese derecho también está estipulado en el convenio colectivo del sector público, para el cual trabajaba el fallecido esposo de la señora Bauer.

Ya en 2014 la corte de Luxemburgo estableció que la muerte de un trabajador no extingue su derecho a una merecida retribución por su esfuerzo.

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