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Estatuto Industria Electrointensiva

La gran industria dejará de pagar más de 23 millones a cargo de los consumidores

El Ejecutivo publica el Estatuto en el que libera a la industria de los pagos por interrumpibilidad, lo que supone una rebaja de 0,81 euros el megavatio hora Además, el documento exime del 100% de los pagos por capacidad a las empresas interrumpibles y del 70% al resto de la gran industria

Las altas temperaturas, la falta de viento y el encarecimiento del gas natural repercute en la factura de electricidad de los españoles.

Publicado por
SARA LEDO
León

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Tres meses después de que el Gobierno anunciase la creación de un marco específico para los consumidores electrointensivos, el ministerio de Industria ha hecho pública la propuesta de real decreto con la que pretende incentivar a la gran industria y, muy especialmente, a las empresas que participan en la interrumpibilidad (servicio por el que dejan de consumir energía para equilibrar el mercado y reciben una retribución económica a cambio). Así, el Estatuto de la Industria Electrointensiva plantea la exención de los pagos por interrumpibilidad, una medida con un impacto económico de 23 millones de euros al año que deberá ser asumido por el resto de consumidores eléctricos.

Según la memoria económica de la propuesta, la exención de este pago supondrá una rebaja de 0,81 euros el megavatio hora para las empresas interrumpibles y un alza de 0,1 euros el megavatio hora para el resto de consumidores, una cantidad pequeña pero que suma en vez de restar- más números a la eterna factura eléctrica.

El Estatuto también exime a los consumidores interrumpibles del 100% de los pagos por capacidad (1 euros megavatio hora de rebaja) y del 70% de estos pagos al resto de grandes consumidores (0,90 euros el megavatio hora). El impacto de esta medida será de 41 millones de euros -en 2019 menos- y este año será asumida por el sistema eléctrico, pero en los siguientes deberá ser analizada a través de la retribución de actividades reguladas para el periodo 2020-2025 y de los peajes y cargos. Además, los grandes consumidores también tendrán compensaciones por los costes por emisiones de gases de efecto invernadero por valor de 76 millones de euros (PGE).

La propuesta de real decreto establece también la revisión de los coeficientes de pérdidas de energía y el fomento de la contratación bilateral a largo plazo (PPA). El objetivo de todas estas medidas es reducir el recibo de la luz de los 253 grandes consumidores eléctricos (123 interrumpibles) que hay en España con un consumo de 42.000 gigavatios hora de electricidad (28.447 gigavatios hora los interrumpibles), lo que provoca que, en muchos casos, su factura de la luz sea el 30% de sus costes totales y su competitividad respecto a sus competidores europeos mengüe.

CONSUMIDOR ELECTROINTENSIVO

La propuesta define gran consumidor como aquel titular de un punto de suministro eléctrico conectado a la alta tensión que tenga contratada la energía en el mercado de producción y disponga de un contrato de acceso a la red aplicando una tarifa que diferencia seis periodos tarifarios. Pero además, deberá haber consumido durante, al menos dos de los tres años anteriores, más de 40 gigavatios hora y en las horas correspondientes al periodo tarifario seis, al menos, el 50% de la energía total.

El cálculo para determinar si es o no consumidor electrointensivo se realizará en base a la relación entre consumo eléctrico y valor añadido bruto de la empresa en los tres últimos años disponibles. Así, el texto introduce dos tipos de grandes consumidores, el consumidor electrointensivo, que tendrá que tener un cociente superior a los 2,5 euros el kilovatio, y el consumidor hiperelectrointensivo, en el caso de que este ratio sea superior a los 5 euros kilovatio.

OBLIGACIONES

Además de cumplir con estos requisitos, para disfrutar de los beneficios, el gran consumidor deberá acogerse a una serie de obligaciones como disponer de un sistema de gestión de la energía en el plazo de dos años, medidas de mejora de la eficiencia energética viables durante 4 años, mantener la actividad productiva durante 3 años a excepción de "determinadas situaciones de crisis empresarial"-, y acreditar en el plazo de un año desde que entra en vigor el Estatuto la contratación de un 10% de su consumo anual de electricidad mediante instrumentos a plazo durante un mínimo de tres años.

El borrador estará en consulta pública hasta el 27 de marzo. Después, tendrá que pasar trámites técnicos para ser aprobado antes de las elecciones generales del 28 de abril.