La justicia europea acota los procesos de la banca para reflotar entidades
Limita la utilización de los procedimientos correctivos por ayudas de Estado.
j. a. bravo | Madrid
La justicia europea acaba de dar un golpe importante a la Comisión (CE) que preside Jean-Claude Juncker, esto es, al Ejecutivo de la UE. Y lo ha hecho limitando el uso de una sus herramientas que más temen los Estados miembros de la Unión por su gran impacto económico: los procedimientos correctivos por ayudas de Estado. En un fallo dictado el pasado 19 de marzo, el Tribunal General de la Unión Europea —una suerte de primera instancia en los pleitos de orden comunitario— ha anulado la decisión tomada por la CE de considerar que el respaldo financiero otorgado por el Fondo Interbancario di Tutela dei Depositi (FITD), órgano italiano similar al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGDEC) español, a un banco de aquel país constituía una serie de «ayudas incompatibles e ilegales» otorgadas por aquel país. Y por ello le emplazó a recuperar esos fondos.
La orden de Bruselas se produjo a finales de diciembre de 2015 y amenazaba con frustrar la intervención del FITD a favor de la Banca Tercas, bajo administración judicial desde 2012 por sus graves problemas financieros y que podía ser adquirida por la Banca Popolare di Bari. Esta, sin embargo, había condicionado su entrada a que el fondo de garantía italiano cubriera el déficit patrimonial de la primera y a que se realizará una auditoría. Los casos de CAM y Unnim Algo parecido pasó en otros Estados de la UE. En España, por ejemplo, el Fondo de Garantía de Depósitos se comprometió a cubrir las pérdidas que pudieran asumir Banco Sabadell y BBVA tras quedarse con la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) y Unnim —ambas en alto riesgo de quebrar—, en 2011 y 2012, respectivamente. Por eso la sentencia del Tribunal General de la UE sobre la banca italiana también supone, de rebote, un respiro para la española para evitar posibles sobresaltos futuros.