Los empleados de cajas recuperarán 450 euros por un plus eliminado
El Supremo anula los efectos retroactivos de un acuerdo entre la patronal Ceca y los sindicatos.
j. a. bravo | madrid
Los cerca de 80.000 empleados de las antiguas cajas de ahorros están de enhorabuena, porque van a recuperar de media alrededor de 450 euros por un plus salarial que venían recibiendo desde 2004 por su «polivalencia» y la nueva definición de sus funciones laborales que se incluyó entonces en el convenio colectivo sectorial. El Tribunal Supremo ha resuelto ahora que la eliminación de aquella paga con efectos retroactivos fue contraria a derecho, al «invadir peyorativamente» derechos temporales de los trabajadores. Lo más llamativo de la resolución conocida este martes, que viene a confirmar una sentencia dictada por la Audiencia Nacional en octubre de 2017, es que tanto la patronal como los sindicatos más representativos en la banca iban de la mano en este pleito y han sido derrotados. La vencedora ha sido la minoritaria Confederación Intersindical de Crédito, que representa en torno al 13% de los empleados del sector y también está personada como acusación en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia. Para su presidente, Gonzalo Postigo, se trata de un avance social» porque los trabajadores «recuperan en los tribunales derechos que otros sindicatos decidieron perder en la negociación colectiva». Y es que el origen de ese conflicto es la negociación del convenio colectivo de las cajas para el periodo 2015-2018, una de cuyas cláusulas eliminaba el citado complemento retributivo, que en un principio era de 180 euros anuales pero no tenía carácter pensionable ni contaba a efectos de sumar antigüedad. Se satisfacía de una sola vez al término del primer trimestre, aunque sus derechos de cobro se generaban durante los doce meses anteriores según la función laboral de cada trabajador. Dentro de la estrategia de ahorro de costes que la Confederación Española de Cajas de Ahorros (Ceca) quiso aplicar en aquel acuerdo logró que los sindicatos más representativos -CCOO, UGT y CSICA-FINE- aceptaran suprimir el plus referido y, además con efectos retroactivos a 1 de enero de 2016. Pero el documento final no se firmó hasta el 30 de junio y no fue de aplicación hasta su publicación en el BOE el 12 de agosto, cuando ya se habían generado parte de los derechos anuales de cobro de esa paga por parte de las plantillas de dichas entidades financieras. Por eso los magistrados del alto tribunal consideran -de acuerdo, además, con el criterio de la Fiscalía- que aquel pacto entre patronal y sindicatos «invadió un ámbito temporal en el que los trabajadores ya han generado e incorporado a su patrimonio el derecho al que afecta». En este sentido, además de estimar que se han vulnerado varios artículos del Estatuto de los Trabajadores y del Código Civil, ven «inaceptable» la «retroactividad de grado máximo» que se pretendía aplicar con el nuevo convenio colectivo, «incluso en medidas ya ejecutada con anterioridad a su entrada en vigor». Impacto económico Pero, ¿cuál será el impacto ahora para las arcas de las cajas de ahorros tras esta sentencia firme -solo cabría, de forma excepcional, un posible recurso de amparo por una supuesta vulneración de derechos fundamentales, algo que se ve improbable-? Pues las partes tampoco se ponen de acuerdo en los cálculos. Desde los sindicatos minoritarios CIC y CIG estiman que cada empleado de entonces debería recibir como compensación única una media de entre 450 y 500 euros, con una horquilla que iría desde los 250 hasta los 750 euros -otras fuentes sitúan esa franja entre los 218 y los 648 euros, con un promedio de 433 euros-. Esto supondría, según sus cuentas, un impacto total de entre 35 y 40 millones de euros para ese sector. En la Ceca reducen la suma total a devolver a sus trabajadores a poco más de 13 millones.