Un juez sigue al Supremo y ve usura en una tarjeta de crédito ‘revolving’
El juzgado de Primera Instancia número 71 de Madrid ha condenado a Wizink a devolver el dinero abonado de más por una consumidora al ver usura en una tarjeta de pago aplazado (‘revolving’) con un interés del 26,8 %, con lo que aplica por primera vez la reciente doctrina del Tribunal Supremo. La mujer recuperará 4.000 euros.
En la sentencia, el juez Antonio Castro da la razón a una clienta representada por la asociación de consumidores Asufin, y declara la nulidad del contrato de una tarjeta Citi Oro, suscrita en febrero de 2012, que establecía un tipo de interés «muy alejado» a la medida calculada por el Banco de España, de «entre el 8,9 y el 7,24 %» para los créditos al consumo de los hogares españoles entre 2013 y 2017.
En su demanda, la usuaria desarrollaba que el contrato contenía «un interés remuneratorio usurario», motivo por el que solicitaba tanto su anulación como que se condenara a Wizink «a fin de que reintegre cuantas cantidades abonadas durante la vida del crédito excedan al capital dispuesto».
La entidad financiera indicó que el tipo de interés aplicado no es notablemente superior al normal del dinero ni manifiestamente desproporcionado en atención a las circunstancias concretas del caso. También apuntó que los datos estadísticos del Banco de España aportados por la demandante correspondían a productos financieros distintos y que había de tenerse en cuenta las estadísticas que publica el Banco de España desde 2010 sobre las tarjetas de pago aplazado.
Ahora el magistrado expone que si bien «un tipo anormalmente alto está relacionado con el riesgo de la operación», Wizink, durante el procedimiento, «no ha justificado las circunstancias excepcionales que explican la estipulación de un interés notablemente superior al normal».