Diario de León

Díaz avisa de que quiere eliminar el tope de las indemnizaciones por despido

«Hay que ir a la razón por la que la empresa echa a un trabajador»

La vicepresidenta segunda del Goberino, Yolanda Díaz. J. J. GUILLÉN

La vicepresidenta segunda del Goberino, Yolanda Díaz. J. J. GUILLÉN

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, se mostró este martes partidaria de eliminar el actual límite de las indemnizaciones por despido e impulsar una nueva legislación que promueva el ‘despido a la carta’. Así lo reconoció durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que celebró la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que elevó la indemnización por despido improcedente a una trabajadora a 48 días, frente a los 33 días establecidos por la ley. Se trata del segundo fallo de un Tribunal que aumenta el coste del despido que rige en la legislación española y que cobra especial relevancia en el escenario actual, puesto que el Consejo de Europa debe pronunciarse en estos próximos meses sobre si las indemnizaciones españolas son «suficientemente reparadoras y proporcionales», tras la denuncia presentada por UGT. Esto podría obligar a cambiar la norma, algo a lo que está dispuesta la ministra de Trabajo.

«Esta sentencia viene a decir lo que yo vengo diciendo desde hace tiempo. Siempre me han escuchado hablar de que nos centramos en las indemnizaciones y tenemos que ver la causa de los despidos», precisó Díaz, que defendió que «las indemnizaciones deben ser adecuadas a otro tipo de factores y no haber indemnizaciones topadas como tiene España». Así, emplazó a esperar a ver qué resuelve Europa pero reconoció que «es evidente que estamos teniendo un problema con esta cuestión».

La sentencia del TSJC —que tiene fecha del pasado mes de enero— considera que la indemnización de 33 días por año trabajado es «claramente insignificante, no compensa el daño producido por la pérdida del puesto de trabajo ni tiene efecto disuasorio para la empresa».

Los magistrados han basado su argumentación en el marco regulatorio del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el artículo 24 de la Carta Social Europea. Así, el texto cita otra sentencia del mismo tribunal del pasado mes de noviembre en la que apunta que, en circunstancias excepcionales «en que la indemnización legal y tasada resulte notoriamente insuficiente, podrá fijarse otra superior que alcance a compensar los totales daños y perjuicios (daño emergente, lucro cesante, daño moral...) que el ilícito acto del despido haya podido causar».

El fallo indica, además, que la decisión del despido «revela en todo caso un excesivo ejercicio del derecho a despedir», ya que la empresa inició pocos días después un ErteE en el marco de la pandemia, lo que hubiera permitido que la afectada hubiera conservado su puesto y se hubiera acogido a las medidas extraordinarias sobre protección de desempleo.

Pese a ello, el tribunal admite que el despido «no fue acausal», ya que había causas económicas y productivas, pero las tilda de coyunturales.

Diaz, por otro lado, volvió a dar un toque de atención a la Ceoe, a la que acusó de haberse levantado el pasado 5 de mayo de la mesa en la que negociaban con los sindicatos la subida salarial de los trabajadores cubiertos por convenio e instó a los empresarios a volverse a sentar. «Necesitamos los convenios colectivos», proclamó.

tracking