Diario de León

Los trabajadores no tendrán que entregar ya el parte de baja a la empresa

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

Desde el sábado, 1 de abril, los trabajadores que se encuentren enfermos o incapacitados temporalmente no tendrán que entregar el parte de baja médica a su empresa ni los partes de confirmación. Será el médico de cabecera, la mutua o la empresa colaboradora los encargados de remitirlos electrónicamente. La norma fue aprobada en el último Consejo de Ministros de 2022 pero entró en vigor el sábado y afecta a los procesos de incapacidad temporal que se encuentren en curso siempre que no hayan superado los 365 días de duración.

De esta forma, a partir de ahora el trabajador recibirá sólo una copia del parte médico de alta o baja y desaparece la segunda copia que tenía que entregar en la empresa o mutua. Esa segunda copia tenía que entregarla el trabajador en la empresa en un plazo determinado, un trámite que podría resultar gravoso o complicado para personas en incapacidad temporal. Hay que tener en cuenta que el trabajador que no entregaba el parte de baja en la empresa podía ser sancionado hasta con el despido dïsciplinario por transgresión de la buena fe contractual. A su vez, la empresa, una vez recibido el parte de baja, tenía que cumplimentar otros datos requeridos en el parte y remitirlos a la entidad gestora.

A partir de ahora será el servicio público de salud o, en su caso, la mutua o entidad gestora quienes comuniquen por medios telemáticos los partes médicos de baja, confirmación y alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por vía telemática. Tendrá que hacerlo de manera inmediata, y, en todo caso, en el primer día hábil siguiente al de su expedición. A su vez, el INSS comunicará a las empresas los datos identificativos de carácter meramente administrativo relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta emitidos por los facultativos «como máximo en el primer día hábil siguiente al de su recepción».

tracking