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Los caseros que bajen este año el alquiler no tendrán incentivo fiscal

Las nuevas deducciones para estimular precios asequibles en alquileres entran en vigor en 2024

Ione Belarra ayer, en Murcia. MARCIAL GUILLÉN

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León

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Ya es una realidad. Hoy entra en vigor la nueva Ley de Vivienda tras su publicación ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, hay algunos aspectos claves de la norma que aún tardarán en ponerse en marcha. El más llamativo, los nuevos incentivos fiscales con los que el Gobierno pretende compensar a los caseros que bajen el precio de sus alquileres en los nuevos contratos. Finalmente, estas bonificaciones no entrarán en vigor hasta el 1 de enero de 2024, con lo que no aplicarán hasta la declaración de la renta de 2025. Es decir, los propietarios que este año bajen el precio de sus alquileres sí podrán acogerse al actual incentivo del 60% sobre el rendimiento neto que se obtenga, pero no podrán acceder a los nuevos que permitirán ‘desgravarse’ hasta un 90% en algunos casos.

En concreto, a partir del próximo año esa reducción general baja al 50%. Pero puede alcanzar ese máximo del 90% si la vivienda se encuentra en una zona tensionada y el casero baja el precio al menos un 5% respecto al anterior contrato. La bonificación también será superior que ahora, del 70%, si se alquila a jóvenes de entre 18 y 35 años o si la casa se destina al alquiler social. También se incluye un incentivo del 60% para las viviendas en alquiler que hayan sido rehabilitadas en los dos años anteriores a la firma del contrato.

Este apartado de incentivos que se aplican sobre el Impuesto de la Renta de Personas Físicas (IRPF) ha sido muy peleado en las negociaciones por parte del ala socialista del Gobierno, ante la rotunda negativa mostrada por sus socios de Unidas Podemos que, finalmente, tuvieron que ceder en este punto. Pero para todo eso habrá que esperar.

Más agilidad se espera en otros aspectos de la Ley que desde este mismo viernes comenzarán a funcionar. Por ejemplo, los caseros deben asumir ya el coste de los honorarios que cobra la inmobiliaria cuando se formaliza un contrato, que por lo general equivalen a un mes de alquiler. También empiezan a actuar los nuevos procedimientos establecidos para los desahucios, que básicamente implicarán mayores plazos para ejecutarlos en el caso de familias vulnerables, además de obligar a que estas actuaciones no puedan realizarse sin avisar a los afectados con una fecha y una hora predeterminadas.

«La vivienda en un derecho y no un bien de lujo. Cumplimos», destacaba ayer el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a través de su cuenta de Twitter. «Ya es LEY. Ahora toca aplicarla en todos los territorios del país. ¡Sí se puede!», indicaba al tiempo la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, consciente de que muchas de las medidas dependerán de las comunidades autónomas para su aplicación, pues son las que tienen competencia en la materia. También en uno de los planes estrella de la norma: los topes al alquiler en zonas tensionadas.

Los trámites administrativos que habrá que realizar anticipan que, en la mayoría de los casos, esos topes tardarán meses en estar activos. Según establece la Ley, la administración local debe elaborar un «procedimiento preparatorio» antes de solicitar la declaración de zona tensionada. Además, tendrán que definir informes que incluyan indicadores y datos de los precios de alquiler, de venta, y de los niveles de renta de los residentes. Y también una memoria en la que se justifique la necesidad de declarar una zona del mapa inmobiliario en color ‘rojo’.