Diario de León

La declaración de la renta solo se podrá presentar por internet

Así lo precisa un artículo incluido en el real decreto ley de medidas aprobado el miércoles

Esta imagen ya no se volverá repetir debido al cambio introducido en el decreto. JESÚS F. SALVADORES

Esta imagen ya no se volverá repetir debido al cambio introducido en el decreto. JESÚS F. SALVADORES

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EFE

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El Ministerio de Hacienda ha aprovechado el real decreto ley de medidas para paliar los efectos de la crisis para introducir un artículo en virtud del cual a partir del año que viene ya solo se podrá presentar la Declaración de la Renta por internet.

En 2019 ya había aprobado una orden ministerial para que la declaración del IRPF y del Impuesto sobre Patrimonio del ejercicio 2018 se realizaran electrónicamente. Pero una sentencia del Tribunal Supremo del mes de julio anuló la obligatoriedad de declarar por internet que había desde la orden de 2019. El Supremo entendía que «la Administración puede realizar acciones que propicien y faciliten la consecución de determinado objetivo, en este caso la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y medios telemáticos, pero no puede imponer su utilización obligatoria a los ciudadanos».

Sin embargo, el decreto ‘ómnibus’ aprobado el miércoles introdujo una modificación en la ley del IRPF y de Sociedades, Renta de no Residentes y Patrimonio para «solventar la deficiencia normativa». En este sentido, la disposición final segunda del decreto ley recoge que se podrá establecer la obligación de declaración a través de medios electrónicos «siempre que la Administración tributaria asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen de asistencia para la cumplimentación de la declaración por tales medios».

Se trata de una norma que parte de la «realidad práctica que viene poniéndose de manifiesto en las Campañas de Renta de los últimos diez años», señala el ministerio, y afecta al modo de cumplimiento de la obligación tributaria pero no cambia en modo alguno la determinación de la cuota del impuesto para los contribuyentes, que siguen siendo los establecidos en la normativa actualmente vigente.

Asimismo, Hacienda resalta que «se hace necesario y urgente que exista esta habilitación legal expresa antes de que comience la próxima Campaña de Renta y se apruebe la orden reguladora del modelo de declaración del IRPF correspondiente al año 2023».

PLUSVALÍA MUNICIPAL

Por otra parte, al no haberse aprobado el proyecto de ley de Presupuestos, que Hacienda confía en enviar al Congreso en el primer trimestre de 2024, se aprovecha el decreto de medidas para incluir también la tabla de los nuevos coeficientes máximos para calcular el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, lo que se conoce como la plusvalía municipal. Los ayuntamientos pueden corregir hasta un 15% a la baja los valores catastrales del suelo en función de su grado de actualización. El coeficiente se mantiene en el 0,15 para las ventas de inmuebles y también hace lo mismo para las ventas a un año, que vuelve a estar en el 0,15.

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