El permiso para cuidar familiares enfermos lo elegirá el trabajador
La AN dictamina que no tiene por qué comenzar la libranza el día de inicio del hecho causante
Nueva sentencia judicial para aclarar cuándo y cómo pueden acogerse los trabajadores al permiso retribuido de cinco días al que tienen derecho para cuidar de sus familiares en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica. La Audiencia Nacional vuelve a dictar un fallo en el que determina que son los trabajadores los que deciden cuándo hacen uso de este permiso para adaptarlo a los momentos que mejor les convenga, según una sentencia del pasado 12 de septiembre a la que ha tenido acceso este periódico. Más concretamente, establece que el empleado no está obligado a comenzar a disfrutar de este permiso el primer día de la hospitalización, intervención, accidente o comienzo de la enfermedad, sino que pueden acogerse cuando ellos elijan «en función de sus posibilidades de conciliación y mientras el hecho causante permanezca».
El tribunal considera que este permiso tiene sentido cuando sirve para atender a la causa que lo permite. Así, si el día en que se produce la enfermedad o el ingreso en el hospital cae en fin de semana o festivo, lo razonable es que los permisos puedan iniciarse el siguiente día laborable. De esta forma, declara el derecho del personal afectado a disfrutar el permiso en días laborables y no naturales sin que el inicio del mismo se encuentre determinado necesariamente por la fecha inicial del hecho causante.
Se trata de una nueva sentencia más que amplía los derechos de los trabajadores a ausentarse de su puesto para cuidar a un familiar.
Ya a principios de septiembre la Audiencia Nacional determinó que la duración del permiso de cinco días por hospitalización de un familiar no termina cuando le den el alta y estableció que se puede disfrutar de su totalidad cuando, tras el alta, el paciente requiere reposo domiciliario aunque no haya necesitado una intervención quirúrgica. Este fallo da la razón a los sindicatos CSIF, UGT y CC OO frente a la compañía RACE, a la que denunciaron por «realizar una interpretación restrictiva e injustificada de estos permisos exigiendo que se disfruten desde la fecha de la hospitalización y de forma consecutiva». Sin embargo, tal y como apunta la Audiencia, este permiso tiene sentido cuando sirve para atender a la causa que lo permite.
Ya previamente había habido varias sentencias que establecían que los cinco días de permiso deben computarse en días laborables, hábiles, y no naturales, con lo que si la hospitalización o enfermedad coincide con el fin de semana o festivo, esos días no computarán.
El permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de un familiar se modificó en 2023 y pasó de dos a cinco días. Pueden beneficiarse de este permiso el cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.