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Estas son las profesiones de riesgo que podrían jubilarse anticipadamente a partir de los 52 años

Los trabajadores mineros, los artistas o los policías locales son algunos de los trabajos que ya contemplan la posibilidad de una jubilación anticipada

Camión frigorífico de una empresa de Almería.ANTONIO GARCÍA

Publicado por
Colpisa
Madrid

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El Gobierno ha dado un paso adelante para poner en marcha el nuevo método para que los trabajadores ocupados en actividades de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre puedan jubilarse a partir de los 52 años sin ninguna penalización, aunque aún queda un largo camino por recorrer y previsiblemente hasta por lo menos dentro de un año o más ninguna profesión pueda acceder a este retiro temprano y sin recortes, tampoco los transportistas, que están en pleno proceso de movilización para reivindicar este derecho.

Lo que sí prevé el Ejecutivo es que se registre un aluvión de peticiones en el momento en el que pueda solicitarse este tipo de jubilación anticipada más ventajosa. Así lo reconoce el Ministerio de Seguridad Social en la memoria económica que acompaña al proyecto de Real Decreto ley por el que se regula el procedimiento general para determinar los nuevos coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación, que estarán basados en indicadores objetivos en función de unas fórmulas ya establecidas. "Se prevé un elevado número de solicitudes al inicio y los plazos son ajustados", afirma el texto al que ha accedido este periódico.

Pero por lo pronto aún faltan semanas hasta que esta nueva ley pueda llegar al Consejo de Ministros para ser aprobada, una vez que el pasado martes dio luz verde para que se tramite por la vía de urgencia, en vista de que esto va a demorarse mucho.

Hay que esperar

Así, la nueva ley estará hasta el próximo 4 de noviembre en periodo de audiencia pública y, tras ello, el Gobierno tendrá que recopilar las aportaciones que les hayan llegado al texto y decidir si las incorpora o no. 

A continuación, el departamento dirigido por Elma Saiz llevará el real decreto al Consejo de Ministros para su aprobación y, una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tendrá un plazo de cuatro meses para constituir la comisión de evaluación, que estará integrada por representantes de los ministerios de Trabajo, Función Pública y Hacienda, así como miembros de la patronal y de los sindicatos. 

Esta comisión estará "encargada de revisar hasta cuatro informes sobre morbilidad (enfermedades) y siniestralidad (accidentes de trabajo) de las diferentes actividades económicas, con un margen de un mes para llevarlo a cabo desde que los haya recibido", para decidir qué profesiones pudieran disfrutar de esta modalidad de retiro. El ministerio espera que esto esté ya operativo en la segunda mitad de 2025, a poder ser antes de junio, según informaron a este periódico.

Mayores cotizaciones

Esto significa que a partir de entonces podrá comenzar esa avalancha de peticiones de prejubilaciones sin recortes, pero las solicitudes tardarán varios meses más en resolverse y, por tanto, en poder materializarse esa jubilación anticipada que ansían colectivos como los transportistas, las cuidadoras de dependientes, las camareras de piso, etc. 

Pero, en cualquier caso, el Gobierno tendrá un plazo máximo de seis meses para resolver y notificar el procedimiento para el establecimiento de coeficientes reductores desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por lo que hasta finales de 2025 pudiera ser que no se aprueben nuevas jubilaciones anticipadas sin recortes como las que ya tienen en la actualidad bomberos, toreros, pilotos, artistas, mineros, ferroviarios... unas profesiones que tienen blindado este retiro hasta dentro de diez años, cuando podría revisarse.

Listado de profesiones con jubilación anticipada actualmente

En este momento, la Seguridad Social ya recoge varios grupos profesionales que pueden acceder a esta jubilación anticipada. Entre ellos están:

  • Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero
  • Personal de vuelo de trabajos aéreos
  • Trabajadores ferroviarios
  • Artistas
  • Profesionales taurinos
  • Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
  • Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza
  • Policías locales