Esta renovación será financiada sólo por las administraciones públicas
Las pensiones de viudedad más bajas tendrán una subida extra
Se ampliará el número de años contabilizados para calcular la cuantía de cada pensión
La pensión de viudedad de los más pobres tendrá en el futuro una subida adicional si prosperan las recomendaciones parlamentarias, recogidas en el acuerdo que renueva el Pacto de Toledo, ultimado durante estos días en el Congreso (en la comisión constituida en el año 2000) por representantes de todos los grupos políticos. Igualmente sus señorías consideran necesario que la nueva prestación planteada, denominada dependencia, sea financiada exclusivamente por las administraciones públicas, sin la participación del sector privado, en contra de lo que barajaron al principio de la negociación. La renovación del Pacto de Toledo (acuerdo político suscrito en 1995 que ha servido de base para las últimas reformas de las pensiones públicas) es prácticamente un hecho. Los diputados, miembros de la comisión encargada de su revisión, repasan el último borrador que potencia las medidas inscritas en aquel Pacto e introduce otras nuevas que responden a situaciones sociales surgidas o incrementadas en los últimos tiempos. Los representantes políticos prevén remitir la próxima semana a las cúpulas de sus partidos el texto del borrador, con la intención de que las ejecutivas correspondientes ratifiquen su contenido. A continuación, el documento será debatido en el pleno de la Cámara Baja y corresponderá al Gobierno, que salga tras las elecciones generales de marzo de 2004, poner en marcha la mayoría de sus 22 recomendaciones. Alguna de ellas, como la ampliación del número de años contabilizados para calcular la cuantía de la pensión, deberá consensuarla con las principales organizaciones empresariales y sindicales. Dentro del carácter general continuista y moderado de la renovación, los diputados introducen novedades. Así, cuando el borrador se refiere a la viudedad y a la orfandad apuesta por la «reformulación integral de las prestaciones de supervivencia» y se pretende es que en este tipo de pensión «pese más el principio de solidaridad que el de contributividad». Es decir, deberían darse tratamientos distintos a la pensión mínima de viudedad de un preceptor con rentas y a la de otro con probado estado de necesidad, aunque sus cónyuge fallecidos hubieran cotizado lo mismo.