La sentencia señala que no existen pruebas de apropiación indebida
Botín, absuelto por el caso de las jubilaciones millonarias del SCH
El tribunal también retira los cargos a los administradores Amusátegui y Corcóstegui
La Audiencia Nacional absolvió ayer al presidente del Santander Central Hispano (SCH), Emilio Botín, y a dos de sus antiguos administradores, José María Amusátegui y Ángel Corcóstegui, en el caso de las jubilaciones multimillonarias concedidas a estos dos últimos por el banco. En su sentencia, los tres miembros del tribunal creen de forma unánime que no hay pruebas de que hubieran cometido los delitos de apropiación indebida y administración desleal que les imputaban sólo las dos acciones populares -que pretenden recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo- mientras que el fiscal respaldaba las tesis de las defensas. En su resolución, de 52 folios de extensión, la Sección Tercera de lo Penal del citado órgano judicial también ordena la devolución de los avales prestados por los acusados para cubrir su responsabilidad civil, que suman 164,2 millones de euros. Asimismo, ordena que las costas se carguen de oficio a la Administración de Justicia, al no apreciar mala fe en la actuación de las dos acusaciones -que pedían penas de cárcel de entre cuatro y doce años-, ejercidas por dos accionistas minoritarios del SCH: los abogados Juan Francisco Franco Otegi y Rafael Pérez Escolar, condenado por el «caso Banesto». Cuantías elevadas El hilo común de los fundamentos de derecho de la sentencia es que no existe una regulación concreta sobre las retribuciones a ejecutivos de una sociedad, que además tienen la condición de administradores de la misma. «No hay reglas, topes, máximos o mínimos restablecidos en orden a la fijación» de esos pagos, «ni en la Ley de Sociedades Anónimas» ni, en este caso, en los estatutos del SCH, sostiene el tribunal. Añade, además, que la fijación de su importe «depende del mercado» y del «principio de la libertad de empresa», y debe relacionarse sólo con «el volumen de negocio» de la sociedad. Los magistrados Antonio Díaz Delgado (presidente de la sala que juzgó este caso), Luis Antonio Martínez de Salinas y Raimunda de Peñafort Lorente reconocen, en cualquier caso, que los 43,7 millones de euros percibidos por Amusátegui en agosto de 2001 como bonus de jubilación, y los 108 millones retribuidos a Corcóstegui en febrero de 2002 como pensión anticipada, «pueden sorprender por su elevada cuantía», pero «debe ser puesta en relación con la responsabilidad que se les encomendó».