Diario de León

La prestación por desempleo supera un 44% el salario mínimo

Publicado por
Elisa García - madrid
León

Creado:

Actualizado:

La cuantía del salario mínimo interprofesional (SMI) es inferior en un 44% al importe medio por beneficiario de la prestación de desempleo. El Gobierno fijó el 1 de enero y para todo el año 2005 que la retribución básica fuera de 513 euros/mes; mientras que el pasado 30 de junio el gasto medio por cada parado con cobertura era de 909,6 euros/mes. La distancia entre ambas rentas disminuyó considerablemente en 2004. El 1 de julio del año pasado, el Gobierno incrementó en un 6,6% el salario mínimo y lo situó en 490,8 euros; y el 27 de diciembre, en otro 4,5%, hasta los 513 euros. Además, el 25 de junio de 2004, el Ejecutivo promulgó un Real Decreto que garantizaba el poder adquisitivo de sus perceptores a través de una cláusula de revisión salarial. La fórmula de revalorización quedó aparcada debido al rechazo que provocó entre los empresarios, quienes criticaron duramente el plan del Ejecutivo. No obstante, la cláusula no será operativa hasta el año 2008, después de que termine la legislatura, dado que el compromiso del presidente Rodríguez Zapatero es elevar el salario, antes de las próximas elecciones generales, a los 600 euros. Hasta entonces su importe tiene que crecer por encima de los precios, con lo cual está garantizado que no habrá retroceso en su poder adquisitivo. 50 euros más Por lo que respecta a la cobertura, su gasto interanual (junio/junio) creció un 8,9% y alcanzó los 1.046,534 millones de euros al mes, frente a los 960,734 millones pagados en 2004. Ahora bien, el incremento medio por parado sólo subió un 5,8%, y en 50,2 euros, con lo que se situó en 909,6 euros/mes. El importe registrado en junio de 2004 fue de 859,4 euros, tras bajar un 1,2%, en relación con 2003. El sistema de cobertura comprende cuatro clases de ayuda económica. Por un lado, esta la prestación contributiva, proporcional al salario percibido cuando el parado se encontraba en activo, con un límite de 959 euros para el caso de que el titular no tenga cargas familiares. Por otro, el subsidio, que se cobra cuando se agota la modalidad anterior y en función de la situación financiera del beneficiario. También existen la renta activa de inserción, sistema que combina la ayuda económica y la formación; y el subsidio eventual agrario, propio de Andalucía y Extremadura.

tracking