Diario de León

El patrimonio de las dos sociedades es insuficiente para compensar a todos los afectados

Hacienda y la Seguridad Social, los primeros en cobrar por los sellos

Dejarán en la práctica sin indemnización a los clientes de Afinsa y Fórum Filatélico

Afectados por la estafa de los sellos de Afinsa y Fórum se reúnen con su abogado

Afectados por la estafa de los sellos de Afinsa y Fórum se reúnen con su abogado

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j.a.b. | madrid
León

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Hacienda y la Seguridad Social dejarán en la práctica sin indemnización a los cerca de 350.000 clientes de Afinsa y Fórum Filatélico, no porque vayan a embargar su dinero sino porque ambas organizaciones serán las primeras en cobrar cuando llegue el momento de liquidar las dos sociedades de inversión intervenidas por la justicia. De hecho, las dos principales entidades recaudadoras del Estado recuperarán este año sus privilegios para cobrar todas las deudas que tengan pendientes con una empresa, en caso de que se declare un procedimiento concursal sobre ésta. La vía del concurso de acreedores (por la que se regulan las suspensiones de pagos y declaraciones de quiebra tras la aprobación en el 2003 de la Ley Concursal) fue abierta hace una semana para los casos de Fórum y Afinsa. Sin duda, supondrá «una gran prueba» para una normativa con apenas dos años de vida, según coinciden la mayoría de los expertos en temas mercantiles. Entre otras cosas, destacan que el procedimiento abierto afecta al 1% de los españoles. En teoría, todos los perjudicados (acreedores) deberían poder cobrar al final un porcentaje de lo invertido. El problema es que a la hora de saldar cuentas hay un orden de preferencia, y también un reparto cuantitativo que hace prácticamente imposible que el patrimonio (en inmuebles, participaciones bursátiles o efectivo) de las sociedades intervenidas dé para todos ellos. Hacienda es la primera de la lista. Con arreglo a la Ley Concursal -vigente desde septiembre de l2004- podría cobrar el 50% de los créditos pendientes con ella, pero la Ley General Tributaria -que se aplica desde hace casi dos años- prevé que esa limitación sólo sea valida si el concurso de acreedores finaliza en acuerdo, pues en caso contrario el fisco tendría derecho a resarcirse de la totalidad de las deudas. Sin embargo, los jueces han optado hasta ahora sólo por lo que establece la primera norma y se han olvidado de la segunda. El problema para los acreedores más modestos es que el Gobierno va a modificar en breve la normativa concursal, a fin de que Hacienda y la Seguridad Social recuperen todos sus privilegios en caso de liquidación de una empresa. Así se incluirá en el proyecto de Ley de Concurrencia y Prelación de Créditos, que una vez aprobado por el Consejo de Ministros será remitido al Parlamento antes del verano, con el fin de que pueda tramitarse en otoño. Y afectará a la gran estafa de los sellos.

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