Diario de León

La compañía dice que pagó todos los impuestos y que es desproporcionado

Bolivia registra las oficinas de Repsol por un pacto de precios El uso privado de Internet en el trabajo no es causa de despido si no lo prohíbe el empresario

La Paz considera el acuerdo de ajuste de precios con Petrobras «lesivo al Estado y estafa»

La policía vigila en marzo una de las sedes de Repsol en Bolivia

La policía vigila en marzo una de las sedes de Repsol en Bolivia

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efe | la paz colpisa | madrid

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Las oficinas de la empresa petrolera Andina, filial de Repsol YPF en Bolivia, fueron allanadas ayer por la Fiscalía en la investigación sobre un contrato irregular de ajuste de precios con la brasileña Petrobras. La acción de los fiscales, que duró cuatro horas, fue criticada por la compañía española, que consideró «irregular y desproporcionado» el registro. Repsol sostuvo que durante la vigencia del contrato no hubo daño al Estado boliviano porque se pagaron todos los impuestos y regalía establecidas en el país. Poco antes, fue arrestado el boliviano Saúl Encinas Miranda, síndico de Andina, señalado como uno de los responsables de la operación. El registro se realizó en la ciudad de Santa Cruz, en el este tropical del país, donde la compañía hispano-argentina tiene su sede. Andina y Petrobras, dos de las empresas que proveen gas boliviano a Brasil, están acusadas de un «pacto secreto» que burló la fórmula de reajuste periódico del precio del hidrocarburo como estipulaba el contrato acordado por las autoridades bolivianas. El fiscal Hugo Iquise, junto a otros cuatro funcionarios y medio centenar de policías llegaron a las dependencias de Andina para coger información que la empresa se negó a proporcionar cuando se le solicitó. Los ejecutivos de la firma están acusados de haber firmado un contrato lesivo al Estado y de estafa agravada, que causó a Bolivia un perjuicio de 160 millones de dólares. La mayor inversión El caso fue denunciado hace un mes por Gabriel Camacho, director designado por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) en Andina, nacionalizada en mayo por el gobierno del socialista Evo Morales. El fiscal reveló que una docena de personas serán llamadas a declarar en relación al caso. En el momento de la intervención, los ejecutivos de Andina, cuyo presidente es el español Luis García Sánchez, no estaban en el lugar. La compañía petrolera es una de las que mayor inversión ha realizado en Bolivia en la última década. El convenio entre las petroleras fue anulado por Petrobras a mediados de este mes, con una pérdida de 76 millones de dólares reconocida por la brasileña. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha calificado de improcedente el despido de Javier S. L., cesado por la empresa T & D Innovación y Mantenimiento en abril del 2004 por consultar el correo electrónico personal, chatear y ver vídeos pornográficos en su puesto de trabajo durante su horario laboral, a pesar de que en una sentencia anterior había dictado lo contrario. El recurso para unificar la doctrina presentado por la compañía fue desestimado el pasado 22 de junio «ante la dificultad de que se produzcan situaciones sustancialmente iguales». Los magistrados estiman que las circunstancias en la que se funda su decisión sobre el uso de la red por los trabajadores con fines privados son variables e individualizadas, lo que «no permite generalizaciones de las decisiones fuera de su ámbito específico». La principal diferencia que determinó su resolución, a primera vista contradictoria, fue la autorización o no del empresario. En el fallo del pasado mes de junio, Javier S. L. utilizó Internet para fines privados pero en su contrato «no existe la prohibición expresa». Por ello, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco -y ahora también el Supremo- consideró que la investigación informática a la que fue sometido por dos de sus compañeras atentó contra su derecho constitucional a la intimidad y al secreto de las telecomunicaciones. Sin embargo, en la sentencia anterior, el despido de otro trabajador por razones similares fue considerado procedente, porque la empresa establecía que tanto el acceso a Internet como la asignación de una dirección de correo electrónico personal tenían «por causa única el desarrollo de sus actividad». El empleado también sufrió espionaje, pero el fallo del Supremo dio el visto bueno porque la compañía «estaba ejercitando su derecho a vigilar sus instrumentos de trabajo para que no se realice un uso abusivo y para fines personales del mismo».

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