Diario de León

Plantea en su eléctrica unas garantías similares a las de la CNE española sobre Endesa

Europa sospecha que Berlín tiene un control encubierto sobre E.on

La CE pide al Gobierno alemán explicaciones sobre su «acción de oro» en la eléctrica La eléctrica a

Central de la Remolina que explota Endesa en el pantano de Riaño

Central de la Remolina que explota Endesa en el pantano de Riaño

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Fernando Pescador - bruselas
León

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La Comisión europea ha pedido explicaciones a las autoridades alemanas sobre las condiciones de control del consejo de E.on, al entender que podría existir una acción de oro encubierta, incompatible, en principio, con el Tratado de la Unión. La demanda ha sido cursada por carta y responde a informaciones barajadas en el curso de la opa de E.on sobre Endesa. E.on se fusionó en el 2002 con el principal proveedor de gas natural alemán, Ruhrgas , pero el Gobierno federal impuso limitaciones a la sociedad resultante, entre las que destaca, por su importancia, la obligación de desprenderse de la filial gasista en el caso de que, en el transcurso de una década tras la fusión, el grupo pudiera caer en manos de una empresa extra comunitaria, con posibles perjuicios para los intereses energéticos del país. Condiciones como en España La Comisión Nacional de la Energía (CNE), regulador español, exigió un condicionamiento casi idéntico cuando autorizó la opa del grupo alemán sobre Endesa. En concreto, la condición que hace el número 17 de las 19 impuestas determina que el permiso podría verse revisado si, en el plazo de diez años, una sociedad pretende adquirir o llega a comprar directa o indirectamente más del 50% del capital o los derechos de voto de E.on. Esa revisión podría abocar a la obligación de vender a un tercero la totalidad de las acciones de Endesa. El grupo alemán, que recurrió en alzada ante el Ministerio de Industria español la mayor parte de estas exigencias de la CNE, pareció dar por válido este requerimiento. Sin embargo, la Comisión Europea lo rechazó, conjuntamente con el total de las condiciones impuestas por el regulador español, a las que calificó de ilegales y contrarias al derecho comunitario. El Gobierno de España no ha perdido ocasión de denunciar la asimetría entre los dos tratamientos dados a ambos países. Denuncias a la Comisión Oliver Drewes, portavoz del comisario McCreevy (Mercado Interior), manifestó que la carta remitida a Alemania es una simple demanda de información, que no entraña apertura alguna de procedimiento de infracción, ni la presunción de que esta pueda existir. Este extremo se decidirá si la información que Berlín debe remitir a Bruselas permite deducir que las garantías de E.on sobre la germanidad de Rurhgas vulneran el derecho comunitario. Drewes reconoció que la Comisión ha recibido no menos de ocho denuncias del estado de cosas en E.on, cuya fusión con Ruhrgas no fue analizada por Bruselas, al entender que constituía un asunto de dimensión estrictamente nacional. Los mecanismos de control por parte de los Gobiernos nacionales de los Consejos de administración de empresas estratégicas están, en principio, proscritos por el derecho comunitario. Sólo una invocación muy ajustada del interés público las justifica, para casos, además, verdaderamente excepcionales.

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