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Los gastos podrán superar el ingreso anual y descontarse en la declaración durante cuatro años

Los arrendadores de pisos podrán deducir todas las obras de mejora

El IRPF que entrará en vigor en enero favorece la inversión en viviendas dedicadas al alquiler

Publicado por
Gonzalo Bareño - madrid
León

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La reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) que entrará en vigor el próximo 1 de enero supone una importante mejora fiscal para todos los particulares que se dedican al alquiler de viviendas y también para quienes piensen invertir en esa actividad. El texto definitivo, tras la anulación de varias enmiendas introdudidas en el Senado, permite a los arrendadores deducir durante cuatro años los que se consideran como «gastos necesarios» para el alquiler de los inmuebles. En esa definición entran todos los préstamos que se hayan solicitado para la mejora o repara-ción de la vivienda. Es decir, que quienes posean una casa y quieran reformarla podrán deducir todo lo invertido en la mejora con tal de que la dediquen al alquiler. La nueva ley define como gastos necesarios «los intereses de los capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del bien». También tienen esta consideración «los tributos y recargos no estatales, así como las tasas y recargos no estatales» siempre que incidan sobre el rendimiento y no tengan carácter sancionador. Esos tributos también son deducibles. Igualmente son gastos necesarios los «saldos de dudoso cobro» y «las cantidades devengadas por terceros como consecuencia de servicios personales». La otra gran novedad en este capítulo es que a partir del año que viene la ley permitirá que los propietarios tengan un «rendimiento negativo», es decir, que los gastos que se generen en una vivienda superen los ingresos que se obtienen por su alquiler. Ese rendimiento negativo se podrá restar en la declaración del IRPF de otras rentas del contribuyente como las del trabajo o las del ahorro. Aunque la deducción anual por ese concepto no podrá superar la cifra de ingresos, el sobrante podrá seguir deduciéndose durante cuatro años. Beneficios Los expertos consultados consideran que todas estas medidas suponen un enorme beneficio para los propietarios de los inmuebles dedicados al alquiler, que se estiman en 1,3 millones de personas. Los beneficiados serán no sólo los caseros que piensen realizar obras de mejora o modernización de sus pisos, sino también todos los que piensen invertir en viviendas, oficinas o locales para alquiler recurriendo a financiación ajena, que a partir de ahora será deducible. Esta importante ventaja cobra especial relevancia en un contexto como el actual, con tipos de interés al alza. Con la supresión de la limi-tación que impedía deducir el rendimiento negativo se vuelve a la situación anterior al 2002. Fue la última reforma del PP la que suprimió la posibilidad de que los gastos deducibles superasen a los ingresos. Eso permite que los propietarios de viviendas puedan llegar a suavizar su factura fiscal por otros conceptos. Otra novedad relevante del nuevo IRPF afecta a los planes de jubilación de las empresas canalizados a través de seguros. La ley les aplicará el mismo trato que a los seguros de dependencia y los rendimientos que se obtengan con dichos planes no tributarán por el impuesto de patrimonio, al igual que los planes de pensiones. Expediente La Agencia Tributaria ha abierto un expediente disciplinario a 200 técnicos financieros (subinspectores) por lucir en sus puestos de trabajo una camiseta que carecía de «decoro y corrección» para el ejercicio de la función pública. En la camiseta se podía leer «Hacienda defrauda a sus técnicos», así como el anagrama CSTH relativo a Cuerpo Técnico Superior de Hacienda. Para hacer efectivo el expediente, la Agencia se apoya en la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, de 1964.

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