Diario de León

Todas las sociedades de un condenado por accidente laboral serán investigadas por el juez

Gobierno, jueces y fiscales serán más duros con la siniestralidad

Se agilizará la investigación sobre el terreno para evitar la destrucción de pruebas

La inspección visitará de inmediato el escenario de un accidente laboral

La inspección visitará de inmediato el escenario de un accidente laboral

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colpisa | madrid

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El Gobierno, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Fiscalía General del Estado han decidido endurecer la persecución legal de los accidentes laborales, una «lacra» -como se define desde las propias instituciones públicas- que cada año afecta a más de un millón de trabajadores en España, la cifra más alta de toda la Unión Europea. A tal fin, en los próximos días tienen previsto firmar un convenio de colaboración a cuatro bandas, en el que también participarán los ministerios de Interior y de Trabajo. Según el documento que han elaborado de manera conjunta, su objetivo es «coordinar una política firme y eficaz» que logre reducir de manera real las altas cifras de siniestralidad laboral y, al mismo tiempo, «evita la impunidad de sus responsables». Respecto a este punto, políticos, jueces y fiscales han acordado que estos últimos ejerzan un control mayor sobre la ejecución de las sentencias recaídas por este tipo de delitos. En bastantes casos, los empresarios condenados han logrado continuar con su actividad, pese a ser inhabilitados para ello, «dejando inactiva la sociedad afectada y constituyendo después otra que se dedique al mismo tráfico mercantil». Los tribunales también asumirán su parte de responsabilidad en este problema, para lo cual requerirán al Registro Mercantil que informe de todas las sociedades en las que aparezcan los condenados de cara a evitar que las prohibiciones impuestas a esos empresarios queden en papel mojado . Otra de las medidas incluidas en el citado protocolo de actuación contra la siniestralidad laboral se refiere a la diligencia con la que se ha de llevar la investigación de estos accidentes, al objeto de evitar que se puedan destruir pruebas desde un principio. Cambio de doctrina Jueces e inspectores de Trabajo colaborarán para que los segundos puedan personarse con la mayor rapidez posible en el lugar del siniestro, algo que en parte ya venía ocurriendo en los percances mortales gracias a los turnos de guardia de estos profesionales a lo largo de toda la semana. Los instructores judiciales, por su parte, «podrán ordenar el precinto del centro, lugar o puesto de trabajo donde se haya producido el accidente hasta que finalice la investigación de la Inspección de Trabajo». Además, algunos tribunales estudian cambiar su doctrina para que se pueda enviar a la cárcel a los dueños de la empresa donde ocurra un accidente de trabajo, lo que ya pasaba si el siniestro tenía consecuencia mortales y se demostraba que había existido negligencia o imprudencia grave por parte de la compañía. La diferencia es que ahora se podrá aplicar la misma dureza -la Audiencia de Madrid lo hizo hace pocos meses con una pena de dos años de prisión y multa de 10 meses- si el condenado es reincidente o se constata una gravedad especial en su actuación. Sin ser tan concreto, el fiscal especial de Sala que coordina desde el Tribunal Supremo la actuación legal contra la siniestralidad laboral, Juan Manuel de Oña, sí ha abogado por el endurecimiento de las penas de cárcel para los empresarios que incumplan la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Además, ha propuesto que se cree una ley integral para abordar este problema, a fin de darle una importancia similar a la que se concede a la violencia doméstica. En 2006, murieron 1.338 trabajadores en accidente laboral en España, 372 de ellos in itinere (es decir, de camino al trabajo o viceversa), cifras que arrojan una proporción de 6,3 fallecidos por cada 100.000 trabajadores frente a la media europea de 4,1.

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