El Gobierno aplica el despido con indemnización para los autónomos dependientes de una empresa
madrid
El trabajador autónomo que recibe el 75% de sus rentas de un mismo cliente disfrutará, entre otras ventajas y como muy tarde dentro de nueve meses, de indemnización si su relación profesional (civil, mercantil o administrativa) se rompe sin justificación, jornada semanal regulada con descansos y 18 días de vacaciones al año. Las mejoras obedecen a la aprobación por el Consejo de Ministros de ayer, de un real decreto con el reglamento que desarrolla el contrato del colectivo, integrado por cerca de 300.000 emprendedores.
El hecho de que las compañías saquen fuera de su ámbito actividades (limpieza, mantenimiento, funciones administrativas, servicios de transporte, etc.) que antes realizaban sus plantillas ha disparado desde 2001 la aparición de autónomos que desarrollan su actividad profesional para un solo cliente (empresa o personas) del que cobran las tres cuartas partes de sus ingresos. Este grupo es el que el Estatuto del Trabajo Autónomo, en vigor desde el 12 de octubre de 2007, denomina económicamente dependiente.
Los emprendedores tienen 90 días para comunicar a la empresa su situación y ésta dispone de seis meses para adaptar la relación a las nuevas condiciones establecidas. Hasta ahora, sólo los nuevos autónomos dependientes, alrededor de 2.000 personas, tenían contrato.