según la ue
Después de la baja, con derecho a vacaciones
El Tribunal de Justicia de la UE aclaró ayer que un trabajador que haya estado de baja por incapacidad temporal durante el periodo vacacional fijado por la empresa tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones una vez haya sido dado de alta. La legislación comunitaria no se opone a que el trabajador que lo desee pueda disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas durante una baja aunque si lo quiere en períodos diferentes debe señalarlo. | efe
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