España otorgó ayudas ilegales para la compra de empresas extranjeras
La Comisión Europea ordena la devolución de las ventajas fiscales otorgadas a las multinacionales pero sólo en las operaciones realizadas desde finales del 2007
La Comisión europea falló ayer que las ventajas fiscales otorgadas en España a la adquisición de participaciones en empresas extranjeras, y que se concretan en deducciones sobre el impuesto de sociedades para compensar la diferencia entre el valor en libros y el valor de mercado, no se atienen a las normas de la competencia y deben ser derogadas. En su decisión, que clausura una investigación abierta sobre estas prácticas hace ahora dos años, la Comisión ordena la recuperación de las ayudas concedidas en base a estas disposiciones fiscales, pero sólo a partir del 17 de diciembre del 2007, lo que deja al margen de la exigencia a la práctica totalidad de la expansión internacional de las grandes empresas españolas llevada a cabo la última década.
La noticia de que Bruselas estaba investigando la legitimidad de estas exenciones fiscales salió a la luz el 10 de octubre del 2007, lo que dio tiempo más que suficiente a las empresas potencialmente concernidas por una probable condena del modelo, como al final ha sucedido, para tomar las medidas oportunas a fin de no incurrir en sanción. Las investigaciones de Bruselas tuvieron su origen en denuncias formuladas a raíz de operaciones de empresas españolas en el exterior, como las adquisiciones de O2 por Telefónica, Scottish Power por Iberdrola o las ofertas de Sacyr, Abertis y Cintra para la concesión de autopistas en Francia. Todas ellas han quedado libres de penalización, por la fecha a partir de la cual Bruselas reclama la devolución de ayudas.
Reacción española. El secretario de Estado español de Hacienda, Carlos Ocaña, señaló que el Gobierno no recurrirá esta decisión e incluso mostró su «satisfacción» por ella, ya que no ha sido retroactiva. España ha mantenido negociaciones durante tres años y al final la Comisión ha respetado el «principio de confianza legítima», permitiendo que no haya retroactividad y con el compromiso español de suprimir el artículo que permite las deducciones, explicó Ocaña, quién señaló que las deducciones que deberán ser devuelta serán cantidades