Diario de León

Desestiman el recurso del Consorcio al pago de 1,4 millones a Lagunair

La Audiencia Provincial de León ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Consorcio para la gestión de la promoción del Aeropuerto de León contra la sentencia que condenaba al organismo al pago de 1,4 millones de euros a la comp

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León | Efe.

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El fallo de la Audiencia Provincial, al que ha tenido acceso hoy EFE, confirma «íntegramente» la sentencia dictada en noviembre de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia número ocho de León y de lo Mercantil, en la que se imponía el pago de este montante en concepto de facturas impagadas a Lagunair entre 2005 y 2008 bajo el argumento de un incumplimiento del convenio publicitario.

En el recurso, el Consorcio alegaba que la denegación de las facturas presentadas por la ya extinta empresa leonesa se basaron en el incumplimiento del contrato de publicidad y promoción acordado entre ambas partes en 2003, al denunciar que Lagunair no procedió a efectuar las frecuencias de vuelo comprometidas, ni éstas tuvieron su origen en el aeropuerto de León.

Así, el Consorcio advirtió que entre 2005 y 2006 se registraron el treinta por ciento de los vuelos acordados, no obstante la sentencia valora acertadamente la realización de operaciones en dicho periodo.

Además, la sentencia acepta que las inclemencias meteorológicas fueron la causa de cancelación de vuelos y por tanto de la disminución de los mismos.

Una denuncia que se repite entre julio de 2006 y el verano de 2007, meses en los que la Audiencia Provincial reconoce que se superó la frecuencia mínima establecida en el convenio, según los autos remitidos por Aena y los registros del centro de Eurocontrol. En cuanto al requisito que exigía en el convenio que las aeronaves estuvieran rotuladas con el logotipo del Consorcio con fines promocionales, la sentencia considera demostrado que siempre hubo tres aparatos operativos y sólo en cortos periodos de tiempo, cuando se sustituyeron los aviones de hélice por reactores -en 2006 y 2008-, se voló sin publicidad, habiéndose «cumplido esencialmente lo pactado». Por ello, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de León ha confirmado la sentencia por la que el Consorcio había sido condenado al pago de una cantidad de 1.415.773,55, más intereses, si bien ha eximido a ambas partes de la imposición de costas del recurso. EFE

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