El Banco de España controlará la obra social de las cajas de ahorro
Ya lo advirtió la ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, al presentar el pasado viernes el programa de reforzamiento de la solvencia de las entidades financieras españolas: habrá penalizaciones para quien se descuide en el futuro. La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del texto del real decreto ley ha puesto negro sobre blanco esas advertencias, según informa Colpisa. Una vez completado el período transitorio, en el que cada cual deberá alcanzar el nivel de capital principal que se le exija -”siguiendo la estructura conceptual de Basilea III-”, el incumplimiento coyuntural de hasta un 20% de la ratio de capital principal exigido determinará la imposición por parte del Banco de España de muy serias restricciones. Ese castigo, dice la ley, «podrá afectar al reparto de dividendos, la dotación a la obra benéfico-social, la retribución de las participaciones preferentes, las retribuciones variables de administradores y directivos y la recompra de acciones».
En cualquier caso, la aplicación de esas limitaciones no será efectiva «hasta que se haya ejecutado la estrategia de cumplimiento».
Ese plazo, que tiene como límite máximo el mes de marzo de 2012, empezará a contar para cada entidad una vez alcanzado el nuevo nivel de capital impuesto.
Este nivel mínimo de la ratio de solvencia se sitúa en el 8%; siendo del 10% para aquellas entidades (las cajas de ahorros) que no hayan colocado títulos representativos de su capital a terceros por al menos un 20%, y, que además, presenten una ratio de financiación mayorista superior al 20%.
La norma, que entra en vigor hoy, prevé que las entidades que necesiten ayuda pública para cumplir los requisitos tendrán tres meses para convertirse en bancos. Las entidades que salgan a Bolsa en busca de capital podrán completar la operación en un periodo de 13 de meses, siempre que en septiembre hayan formalizado la operación.