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León

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210/2000, de 11 de octubre

■ El Decreto de la Junta de Castilla y León sobre vacaciones, licencias y permisos del personal al servicio de la Administración de Castilla y León, en su artículo 16 puntualiza «en el supuesto de que el empleado público perciba retribución o indemnización por el cumplimiento del deber, se descontará su importe de las retribuciones».

Dicho Decreto no se aplicó porque dos meses más tarde entró en vigor una ley estatal, una norma de rango superior dictada con posterioridad pero de obligado cumplimiento, en la que se anulaba el Decreto de la Junta de Castilla y León.