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Flexibilidad en las alturas en los usos no residenciales

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León

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El pleno del Ayuntamiento de León también aprobó ayer por unanimidad la modificación de los artículos del Plan General de Ordenación Urbana que regulan las alturas máximas y mínimas de los edificios. Con la modificación aprobada ayer, la normativa flexibiliza la altura libre para los edificios que no sean de viviendas.

La modificación aprobada consiste en llevar a cabo la regulación de ciertas situaciones especiales destinadas de forma exclusiva o parcial a usos no residenciales, en los que los específicos requerimientos técnicos o funcionales exigen la implementación de alturas libres superiores a las reguladas con carácter general. Los usos a los que se refiere la modificación son los denominados espectáculos y recreativos (salas de cine y teatro), socio cultural y educativo (salas de exposiciones, salones de actos, gimnasios), deportivo, religioso y otros similares, donde las condiciones de altura pueden ser superiores a las que se contemplan en la norma general, por la existencia de ciertos requerimientos técnicos y funcionales por el aforo, la visibilidad acústica, por ejemplo.