Cerrar

El TSJ rechaza el recurso contra los incentivos en el sector de la sanidad

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

Tres sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León han dado la razón a la Gerencia Regional de Salud en otros tantos procedimientos iniciados por UGT y CESM contra normativa de Sacyl en asuntos como la asignación de incentivos por cumplimiento de objetivos a todas las categorías laborales, la no inclusión de las enfermeras de Atención Especializada en la regulación del valor hora guardia y el decreto por el que se regula la creación, modificación o supresión de categorías profesionales

En concreto, el alto tribunal entiende que el recurso del sindicato CESM contra varios apartados del decreto 85/2009, por el que se regula el procedimiento para la creación, modificación o supresión de categorías profesionales, debe ser desestimado en todas sus pretensiones, ya que en ningún caso es obligatorio, como solicitaba la organización sindical, un plan reordenación de recursos humanos para crear, suprimir o modificar dichas categorías.

Colegios profesionales. Asimismo, el TSJCyL tampoco considera obligatorio cumplimentar el trámite de audiencia con los colegios profesionales para la elaboración del decreto por cuanto la norma afecta sólo al marco de la relación jurídica estatutaria. Tampoco entiende como un agravio «injustificable» dicha norma con el personal estatutario sanitario frente al de gestión y servicios en cuanto a la posibilidad de permanecer en la categoría profesional de origen en el caso de integración directa, señala un comunicado. Una segunda sentencia del TSJCyL desestima la pretensión de UGT de que los grupos C, D y E entren en la asignación de incentivos por cumplimiento anual de objetivos de gestión, ya que dichos grupos consolidaron el 100 por ciento de la productividad en su nómina en el año 2004, según recuerda el tribunal, momento en el que se transformó en media o fija. La tercera sentencia, que también desestima el recurso de UGT, consolida la doctrina de que no existe discriminación entre las enfermeras de Primaria.