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Una sentencia obliga al Ayuntamiento a pagar 529.305 euros a Norfel Sport

Esta cantidad corresponde a facturas impagadas entre 2005 y 2007 y los intereses

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nuria gonzález | san andrés
León

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El magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de León, Alfonso Pérez Conesa, ha condenado al Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo a pagar 529.305 euros a Norfel Sport. El juez estima así el recurso presentado por esta empresa leonesa contra la desestimación presunta por silencio administrativo de las reclamaciones presentadas con fechas 28 de septiembre y 13 de octubre del 2009 ante el Ayuntamiento de San Andrés en las que Norfel Sport reclamaba el pago de las facturas correspondientes a los años 2005, 2006 y 2007, cuando esta compañía era la encargada de organizar las actividades deportivas. De los 529.305 euros a los que tendrán que hacer frente las arcas municipales, 398.604 euros se corresponden con las facturas impagadas; otros 63.484 euros son de gastos de gestión de cobro; y 67.215 euros de intereses devengados. Además, el magistrado condena a la administración demandada a pagar las costas.

La empresa decidió demandar al Ayuntamiento de San Andrés por impagos el pasado mes de marzo del 2010, formulando un recurso contencioso administrativo ante dicho juzgado. Casi un año y medio después, la justicia da la razón a la Norfel Sport y será ahora el nuevo equipo de gobierno del Partido Popular el que tenga que hacer frente a esta cuantiosa sentencia que se suma a la deuda acumulada con numerosas proveedores.

Antes de iniciar este procedimiento legal, Norfel Sport presentó varias reclamaciones para que el consistorio abonara las facturas pendientes aunque sólo obtuvo el «silencio administrativo», tal y como relata el juez. Ante esta situación presentó un recurso en el Contencioso. En este procedimiento el Ayuntamiento «niega todos los hechos de la demanda» y pretendía basar la misma «en un informe del interventor municipal». El juez deja claro que «la notoria insuficiencia de la contestación presentada por el Ayuntamiento sólo a él ha de perjudicar y no puede ser subsanada en el trámite de conclusiones, puesto que la configuración del objeto del proceso ha de hacerse precisamente en los escritos de demanda y contestación».

El magistrado considera que el Ayuntamiento «no ha realizado su contestación como la ley establece, de forma ordenada y correlativa a las peticiones de la demanda», al tiempo que asegura que lo que está claro es que existen «gran cantidad de conceptos pendientes de abono y que la realidad de los contratos y de los servicios prestados es indiscutible».

Respecto a las costas del proceso, el juez de lo Contencioso explica en el fallo que «el Ayuntamiento no ha dado respuesta a las reclamaciones de la actora (Norfel Sport), obligándola a acudir a la vía judicial, en reclamación del precio de servicios prestados hace varios años, originando así unos perjuicios innecesarios y evitables». Por ello considera que las arcas municipales deberán correr con las costas que tienen un límite máximo de mil euros. Sobre esta sentencia cabe recurso de apelación que se tramitará desde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que, su caso, emitirá la sentencia definitiva.

Esta empresa, que cuenta con 300 trabajadores y a la que esta deuda ha asfixiado, fue durante años la encargada de la gestión de los servicios deportivos municipales hasta que llegó Gexín, a la que también se adeudan 2,5 millones de euros aunque continua siendo la adjudicataria del mantenimiento de las piscinas y la organización de actividades deportivas en el Ayuntamiento de San Andrés. La vinculación entre Norfel Sport y el Ayuntamiento se extendió entre 2000 y 2008.