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¿Qué son las indagatorias?

Rechazar los cargos no siempre asegura una buena defensa

Publicado por
León

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Las indagatorias son las primera declaraciones que se reciben del procesado sobre el delito que se le imputa sin recibir juramento al objeto de determinar su identidad y averiguar los hechos y la participación en los mismos del procesado.

Constituyen un método que comúnmente está considerado un apoyo a la defensa del procesado, por cuanto tiene la posibilidad de que el imputado se abstenga de declarar, que rechace los cargos pudiendo tornarse así la indagatoria en un medio eventual de prueba a través del acusado, quien transporta elementos de prueba al proceso en función de órgano de prueba. Y finalmente que el acusado acepte la comisión del hecho delitivo y su responsabilidad en el mismo de manera total o alegando alguna causa de justificación o exculpación (lo que nos introduce en el tema de la divisibilidad de la confesión).

No han trascendido los términos en los que se desarrolló la declaración de los tres procesados, por cuanto el secreto del sumario solamente se ha levantado para las partes personadas en la causa. En cualquier caso, son muchos los que piensan que lejos de ser un mero instrumento de defensa, el hecho de no pronunciarse respecto a los hechos que se les imputan en estos casos, se convierte en un argumento de ida y vuelta. Si un imputado rechazase los cargos, esto podría llevar a muchos a considerar la indagatoria como la manifestación clásica y natural del derecho de defensa. Pero, si el imputado responsable «habla demasiado» ello podría perjudicarle. El juez tiene la facultad y está obligado a hacer un examen exhaustivo de todas las pruebas y hechos, incluidas las manifestaciones del imputado y en determinados caso, el objetivo de defensa del imputado podría no coincidir con las circunstancias indiciantes de «cargo» que el juez haya observado a través de la declaración del acusado. Rechazar los cargos no siempre implica el éxito de la defensa.