Diario de León

La Audiencia anula otro swap de Bankinter, contra una sentencia anterior

León

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La Audiencia Provincial de León ha anulado otro contrato de los denominados clip o swap, comercializado en este caso por Bankinter, realizado con una empresa leonesa. La Audiencia mantiene la línea a favor de los demanantes ante el perjuicio causado por estos complejos productos financieros, pero además en este caso revoca la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Número 3 de León, de marzo del año pasado, que fallaba a favor del banco. El contrato fue firmado por la empresa J.L. Montes el 4 de abril del 2006, y ahora la Audiencia lo anula por considerar que la entidad «en ningún momento facilitó» al demandante «la información necesaria que debía proporcionarle para que tuviera un conocimiento preciso de las características del producto que contrataba y de su verdadero significado en cuanto a las obligaciones y el riesgo que asumía».

Como ha hecho en anteriores ocasiones (y en la misma línea que la mayoría de las sentencias dictadas hasta ahora por otras audiencias provinciales) la sentencia considera que lo importante en la contratación de este producto ea conocer el «riesgo efectivo» que se contrae, máxime cuando «no es por sí mismo de fácil comprensión». Señala también que entre las partes no concurre igualdad de condiciones para predecir y valorar la evolución del mercado financiero; ni tampoco en las condiciones registradas en el contrato.

De hecho, la Sección 1 de la Audiencia insiste en su argumento de que no era sencilo «inferir las consecuencias económicas, tan desproporcionadamente perjudiciales, en caso de bajadas brusca del Euríbor». También se refiere al complejo y desigual sistema por el que el banco podía anular el contrato, pero al cliente le resultaba mucho más complicado y caro desligarse del producto contratado.

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