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La Junta inspecciona los 23 establecimientos que realizan tatuajes y 'piercing' en la provincia de León

En 2011 Sanidad realizó 61 controles que posibilitaron que 14 establecimientos corrigieran las deficiencias detectadas

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ICAL

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La Junta de Castilla y León ha realizado inspecciones en los 23 establecimientos autorizados de la provincia de León que realizan tatuajes, micropigmentaciones, y anillados o 'piercing' con el objetivo de proteger la salud de los usuarios y trabajadores.

Durante el primer semestre de este año, la consejería de Sanidad llevó a cabo 23 inspecciones en las que no se observaron incumplimientos de la normativa en los establecimientos visitados. A lo largo de 2011, los técnicos de la Junta realizaron 61 inspecciones que posibilitaron que 14 establecimientos corrigieran las deficiencias detectadas por los técnicos.

En el año 2003 la Junta de Castilla y León, a la vista del auge de establecimientos que realizaban actividades de decoración corporal con pigmentación o perforación, reguló el desarrollo de estas técnicas para garantizar la higiene y la seguridad necesaria y, sobre todo, con el fin de evitar o minimizar el riesgo existente para la salud, tanto de las personas destinatarias de las mismas como del propio aplicador.

La Consejería de Sanidad lleva a cabo de forma continuada una importante labor inspectora de los establecimientos que trabajan con este tipo de técnicas que tienen a gran parte de sus clientes entre la población juvenil, explicaron fuentes de la Junta.

En estas inspecciones se comprueban, entre otros aspectos, las condiciones de los establecimientos, manipulaciones e higiene del personal aplicador y usuarios, que deben garantizar las prevención de riesgo sanitarios para los usuarios y los trabajadores para lo cual deben estar limpios, desinfectados y en buen estado.

También, se verifica que los recintos en los que se realicen las actividades cuenten como mínimo con las siguientes áreas diferenciadas: área de espera; área de trabajo, que debe estar aislada del resto del establecimiento y dotada de buena iluminación y de buena ventilación naturales o artificiales; y área de limpieza, desinfección, esterilización y almacenamiento y aseos.

Además, el diseño y los materiales de mobiliario deben permitir una fácil limpieza y desinfección. Todos los establecimientos que realicen cualquiera de estas modalidades de decoración corporal, mediante pigmentación de la piel o perforación, deben tener un armario botiquín equipado con material suficiente para garantizar la asistencia de primeros auxilios a los usuarios.

Los materiales utilizados, así como los utensilios, deben estar desinfectados y en buen estado de conservación. Los instrumentos como jeringas, pinzas, agujas, dispositivos y aparatos deben adaptarse a la Regulación de los Productos Sanitarios. Y los elementos utilizados para el anillado deben ser de material hipoalergénico y los residuos cortantes, punzantes o que entren en contacto con la sangre, cuando sean desechados, tendrán la consideración de residuos sanitarios, por lo que les será de aplicación la normativa específica en esta materia.

Por su parte, es conveniente que los usuarios de este tipo de servicios se informen previamente del tipo de prácticas a las que se van a someter, para ello antes de iniciar una aplicación los profesionales deberán asesorarles e indicarles las características de la aplicación. Así mismo, se les informará por escrito de los cuidados posteriores.

No podrán someterse a este tipo de prácticas las personas que tengan signos evidentes de enfermedad en la piel, a no ser que presenten un informe del facultativo competente que señale que su enfermedad no es transmisible, ni que la técnica a aplicar generará problemas sobreañadidos a la patología que presenta.

Por último, los aplicadores de estas técnicas deben disponer de un nivel de conocimientos sanitarios suficientes para realizar una prevención efectiva. Para ello deberán superar los cursos de formación homologados por la Dirección General de Salud Pública.

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