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León prohíbe a los hosteleros preparar alimentos con parrillas en la calle

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El equipo de gobierno informó ayer de que en el próximo pleno municipal se aprobará de forma definitiva la nueva Ordenanza Municipal de Protección de la Atmósfera. La concejala responsable, Belén Martín-Granizo, explicó mediante una nota de prensa que «esta normativa tiene como principal objetivo regular las actividades e instalaciones que produzcan humos, polvos, gases, vapores u olores en el término municipal, y así evitar la contaminación atmosférica y el perjuicio que ésta ocasiona, fundamentalmente a las personas».

La ordenanza afecta a todas las instalaciones de combustión, de uso industrial o doméstico (calefacción, agua caliente, calderas de vapor, hogares, hornos) con una potencia calorífica superior a 25.000 kcal/h; y a aquéllas que, aunque sean de potencia inferior, suponen un riesgo o una grave molestia a los vecindarios por su situación o por las chimeneas de evacuación.

Una de las limitaciones que incluye esta normativa es la prohibición, con carácter general, para los establecimientos de hostelería (restaurantes, cafeterías, cafés, bares, pizzerías, hamburgueserías, bocaterías y similares) de colocar en la vía pública aparatos o instalaciones fijas o móviles destinados a la preparación de alimentos como barbacoas, asadores, planchas, parrillas, etcétera.

Además, la ordenanza también regula la actividad de los garajes, aparcamientos y talleres de reparación de automóviles, tanto públicos como privados, a los que obliga a disponer de la ventilación necesaria para evitar la acumulación de contaminantes debido al funcionamiento de los vehículos.

Las actividades e instalaciones que ya están en funcionamiento tendrán «un plazo de cinco años para adecuarse a la nueva ordenanza», advirtió la edil.

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