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La familia de la víctima del crimen del maletero no ha sido indemnizada aún

La sentencia establecía compensaciones de 251.000 euros a los hijos, abuela y tías.

Imagen de archivo del juicio por el crimen del maletero, en noviembre del 2006.

León

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Las indemnizaciones fijadas por la Audiencia Provincial para resarcir a los dos hijos, la madre y las tres hermanas de la víctima del «crimen del maletero» siguen pendientes de pago. Salvo una pequeña cantidad que ha tenido que satisfacer el Estado, ninguna de las partidas, que sumaban 251.000 euros en total ha sido abonada por R.S.P., condenado en noviembre del 2006 a 23 años de prisión como autor del asesinato de la mujer en septiembre del 2004.

T.H.A., una mujer de 40 años de edad en el momento de los hechos, fue asesinada en un inmueble de El Ferral del Bernesga. El jurado popular que juzgó el caso consideró totalmente probada la participación en los hechos de su última pareja sentimental, que había tratado inútilmente de recuperar la relación a la que la víctima había puesto final, decisión que nunca aceptó según los psicólogos que participaron en la vista oral en el Palacio de Justicia.

El Magistrado le impuso entonces una pena de 23 años de prisión por asesinato con la agravante de ensañamiento y la concurrente mixta de parentesco. Además estableció indemnizaciones de 100.000 euros para cada uno de los dos hijos que tenía la fallecida correspondientes a una relación anterior, 30.000 euros más para la madre de la mujer y 7.000 euros para cada una de sus tres hermanas.

El fallo fue recurrido por el condenado ante el Tribunal Supremo, que dictó un auto de inadmisión del recurso. Alegaba el procesado que el registro que se practicó en su casa fue ilegal, circunstancia que rechazó el Alto Tribunal, también se descartó que no se hubiese respetado la presunción de inocencia puesto que había «algo más que conjeturas en su contra» y como quiera que a criterio del Supremo, las pruebas existentes eran plenamente incriminatorias, se rechazaron las alegaciones del imputado, que tuvo en su momento intención de recurrir ante el Tribunal Supremo aunque nada de ello trascendió.

El letrado que defendió los intereses de la familia explicó a este periódico que las únicas indemnizaciones que han percibido los perjudicados han sido «las que legalmente establece la ley que deben de correr por cuenta del Estado, pero son una parte mínima del montante total».

La misma fuente reveló que por el procedimiento habitual se embargaron los bienes que figuraban a nombre del condenado y que en un momento dado se pensó que a través de una serie de productos bancarios que figuraban a su nombre se podría cobrar, pero no fue así.

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