Diario de León

El TSJ insta al consistorio a que incluya las plazas de bombero en presupuesto

El auto desestima el recurso del Ayuntamiento, que acudirá al Tribunal Supremo.

Imagen de archivo de la última concentración en la capital.

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álvaro caballero | león
León

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Por segunda vez, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) insta al Ayuntamiento a que revoque la amortización de las 12 plazas de bomberos que hizo en el presupuesto del 2012. Un fallo contra el que ya dictó un auto el 6 de noviembre del pasado año. El auto ante el que presentó recurso de reposición el equipo de gobierno para frenar la medida cautelar, sin obtener resultado positivo, después de que los magistrados ratifiquen el anterior criterio, pese a lo cual los letrados municipal han optado por recurrir también el requerimiento de cumplimiento. La decisión que obliga a la administración municipal a incluir estas plazas dentro del presupuesto, a pesar de que el consistorio ya ha anunciado que presentará recurso de reposición ante el Tribunal Supremo para apurar todavía más sus posibilidades, frente a los 31 opositores que esperan desde hace más de 20 meses por la nota del último examen, después de que el PP decidiera paralizar la oposición.

El auto insiste en que «han de reiterarse los argumentos» que se daban en el fallo anterior. Un razonamiento jurídico en el que se reseña que «la decisión de amortización incide directamente en un proceso selectivo ya iniciado, dejándolo sin contenido mediante la amortización de las plazas o puestos vinculados a él, y privándoles de ese modo de un derecho adquirido». «Un verdadero derecho a que la convocatoria se desarrollase, hasta su finalización, en las condiciones previstas en la misma ya que, aunque no había nacido el definitivo derecho a la adjudicación de ninguna plaza, sí habían sido dictados actos jurídicos singulares que, a mayores de los efectos de la propia convocatoria, producían efectos favorables para los participantes admitido», como recoge el auto judicial del TSJ.

Los magistrados van más allá todavía de estas consideraciones descritas en el anterior dictamen. El nuevo auto subraya que «el argumento primordial del recurso» presentado por el Ayuntamiento de León «se refiere a la inexistencia de consignación presupuestaria sobre las plazas a que se refiere la amortización, argumento que no puede ser acogido, ya que dicha consignación ha de entenderse en una consideración adjetiva, respecto al cumplimiento de las obligaciones que corresponden a la Administración municipal demandada, pues supuesta la existencia de obligación se ha de proveer lo necesario: la consignación para ello precisa».

Este criterio de los magistrados ataca de manera directa el principal argumento presentado por el Ayuntamiento, que ha promovido una declaración de lesividad de la convocatoria, con el fin de anularla, lo que debe ratificar el juzgado, amparado en que no había consignación presupuestaria para las plazas cuando se convocaron, en el 2008 y 2010. «Su falta no es presupuesto, sino consecuencia de las obligaciones, sin que pueda convertirse en un valladar que impida el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a la Administración», cita el auto dictado por el TSJ.

Un auto que no insta a que el Ayuntamiento reanude la oposición, pero sí que da la razón a los opositores en su lucha para conseguir su meta.

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