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La derogación de la doctrina Parot beneficiaría a un etarra de Mansilla

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manuel c. cachafeiro | león
León

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Jorge González Endemaño, uno de los nueve etarras que en la actualidad cumplen condena en la cárcel de Mansilla, según el colectivo de familiares Etxerat, es uno de los presos de la organización armada que puede adelantar su salida de la prisión si mañana el Tribunal de Estrasburgo deroga la llamada «doctrina Parot».

Jorge González Endemaño lleva 16 años en la cárcel desde que fue detenido el 13 de enero de 1995, tras participar en el asesinato de un policía en Bilbao por el que fue condenado a 53 años de cárcel y a indemnizar a la familia de la víctima con 150 millones de pesetas. El 13 de marzo de 1996, el juez de la Audiencia Nacional Carlos Dívar, dictó auto de procesamiento contra él como uno de los presuntos autores del atentado contra las dependencia del DNI y del pasaporte en Bilbao, en el que falleció el agente Rafael Leyva Loro, nacido en Granada y padre de seis hijos.

En total, la derogación de dicha doctrin afectaría a 54 miembros de ETA, assí como a varios asesinos como el de la joven vallisoletana Olga Sangrador o Miguel Ricart, condenado por el crimen de Alcáser, según denuncia la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).

La AVT defiende esta doctrina, por un lado, porque es la principal herramienta jurídica en la lucha contra el terrorismo; y por otro, «con su derogación, matar saldría gratis en España».

La AVT ya presentó alegaciones cuando Jorge González Endemaño, preso en Mansilla, presentó un recurso de amparo contra dicha doctrina en el Tribunal Constitucional, que no salió adelante. Endemaño alegó entonces que la doctrina del tribunal por la que las redenciones se aplican sobre el total de la condena impuesta y no sobre los 30 años de cumplimiento máximo vulnera sus derechos fundamentales. Además justificaba su petición en que dicha doctrina, aplicada desde febrero de 2006, contradecía resoluciones firmes en las que se estipula que los beneficios penitenciarios son aplicables sobre los 30 años.

Frente a estos argumentos la AVT defendió que es perfectamente ajustada a derecho ya que respeta los 30 años de cumplimiento de condena y no los amplía y al mismo tiempo preserva la figura de la redención penitenciaria.