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El Tribunal Económico no admite los recursos de los afectados por el IBI

El cambio de uso de rústico a urbano de sus fincas provocó las denuncias ante el Tear.

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nuria gonzález | san andrés
León

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El Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León (Tear) no ha admitido las reclamaciones presentadas por una treinta de vecinos ante el cambio de uso, de rústico a urbano, de sus fincas, lo que supone un aumento en la cantidad que tienen que pagar del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Una modificación que llegó tras la entrada en virgo del Plan General de Ordenación Urbana. Aunque son una treintena de personas las que recurrieron ante el Tear, hay más de 500 afectados que estudiarán la próxima semana si acuden o no al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, dónde tendrían que interponer un recurso Contencioso Administrativo para continuar con el procedimiento.

Una reclamaciones en las que los afectados impugnaban no sólo el valor catastral individualizado adjudicado a sus terrenos sino también la ponencia de valores de la que derivan estas valoraciones por tratarse de actos de aplicación de la misma.

El recurso fue interpuesto contra la resolución dictada por la Gerencia Territorial del Catastro de León por la que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto por los propietarios de las parcelas frente a la ponencia de valores parcial del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo. El Tribunal Económico Administrativo, que en el fondo de la cuestión da la razón a los vecinos, alega para no admitirlos a trámite que los recursos fueron presentados fuera de plazo, una posibilidad que recoge la Ley General Tributaria.

A juicio de los afectados, «la ponencia de valores parcial sobre la que se sustentan las valoraciones catastrales que han sido notificadas no se ajusta ni a la normativa urbanística, ni a la normativa catastral, ni a la normativa reguladora de las Haciendas Locales».

Sin embargo, a juicio del Tear, la ponencia de valores de San Andrés «se ha llevado a cabo cumpliendo todos los trámites formales legalmente establecidos, siendo aprobada por el director general del Catastro el 9 de septiembre del 2011 y expuesta al público en el Boletín Oficial de la Provincia el 13 de septiembre del 2011, por lo que ha de considerarse válida y legalmente aprobada».

Mientras llegaba la resolución del Tribunal Económico, el Ayuntamiento tenía paralizados los recibos del IBI de todos los afectados, un compromiso adquirido por el alcalde de San Andrés. Ahora el regidor popular se reunirá con los técnicos municipales para tomar la decisión acorde a esta resolución que pone fin a la vía administrativa aunque da paso a la judicial.

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