Diario de León

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La Policía multa a 235 coches en dos días como protesta por no cobrar los pluses

El Ayuntamiento ejecuta la sentencia de TSJ que anula por ilegales estas cantidades.

Una de las calles de Tres Sauces sin ningún vehículo.

Una de las calles de Tres Sauces sin ningún vehículo.

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nuria gonzález | san andrés
León

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La Policía Local de San Andrés del Rabanedo multó a 235 vehículos durante el pasado fin de semana, algo no habitual puesto que la media es de una treintena de sanciones. La mayoría de ellas se corresponden con vehículos no aparcados de forma correcta pero dónde no existe señalización y delante de sus propias viviendas, en el mismo lugar dónde aparcan desde hace años. La zona en la que residen el alcalde, la urbanización Tres Sauces, el entorno del Jardín de San Andrés, las calles aledañas a Párroco Pablo Díez, las cercanas al Polígono Industrial o la carretera Alfageme son los lugares más afectados. Algunos vecinos han recogido de los vehículos hasta dos sanciones en el mismo día y buena parte de ellas se han puesto de madrugada.

Aunque los agentes no lo reconocen, esta actuación ha sido a raíz de la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que obliga al Ayuntamiento de San Andrés a no pagar pluses como nocturnidad, festivos o fines de semana a los agentes porque no están incluidos como deberían en el convenio de los trabajadores municipales que firmaron los representantes sindicales y la ex alcaldesa, María Eugenia Gancedo, hace tres años. Hay que tener en cuenta que este documento, aprobado en Pleno el 28 de octubre del 2010, ya contaba con informes en contra de los servicios Jurídico y de Intervención, uno de ellos respecto a esta cuestión. En la nómina de julio ya no se han incluido estas cantidades que rondan los 300 euros por agente.

Fue la Consejería de Interior y Justicia de la Junta de Castilla y León la que presentó el recurso contra dicho convenio del que se ha derivado ahora la sentencia definitiva del Alto Tribunal que anula varios de los artículos del convenio colectivo de los empleados municipales por no ajustarse a la legislación vigente.

El fallo definitivo se notificó al Ayuntamiento el pasado seis 6 de noviembre del 2012 y ha sido en julio del 2013 cuándo se ha tenido que ejecutar la sentencia y cuándo los policías han dejado de cobrar esas cuantías que, según la legislación vigente, ya estarían incluidas en el concepto denominado «complemento específico» y no se pueden cobrar aparte.

La demanda interpuesta por la Junta argumentaba que dicho acuerdo era «nulo de pleno derecho porque regulaba materias que son objeto de reserva de Ley y contravenía el Estatuto Básico del Empleado Público».

Estas retribuciones estaban consideradas en el convenio como «gratificaciones por servicios extraordinarios». El magistrado afirma que «desfigura el concepto retributivo de la gratificación de servicios extraordinarios» que hace referencia «a los servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo». Pluses que formarían parte del complemento específico (cantidad que percibe cada trabajador por la especial dificultad técnica, responsabilidad, dedicación o las condiciones en las que lo desarrolla».

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