Detenido en Valdeorras un individuo buscado por un homicidio en León
Los juzgados lo reclamaban desde que en 2010 dejó atrás un muerto y dos heridos.
Un individuo reclamado por los juzgados de León fue detenido anteayer en O Barco de Valdeorras acusado de un homicidio imprudente cometido en 2010 que provocó la muerte de una persona y heridas graves a otras dos, según ha trascendido de fuentes de la investigación del caso.
Pese a que por el momento no han trascendido demasiados datos, sí que se ha podido conocer que el varón permanecía en paradero desconocido desde mediados del 2010, cuando ocurrieron los hechos que ahora se investigan. Todo induce a pensar que se trata de un accidente de tráfico en el que el imputado se dio a la fuga, aunque fuentes policiales consultadas por este periódico.
La actuación corrió a cargo de los agentes de la Guardia Civil, que tenían constancia de que el varón se encontraba en la zona y estrecharon el cerco hasta conseguir detenerlo, según informa la edición local de La Voz de Galicia . No obstante, los investigadores no han aportado más datos respecto a lo ocurrido y han puesto a disposición judicial al sospechoso.
Las únicas cuestiones que han trascendido es que se tiene la sospecha de que el acusado se vio implicado en un accidente de tráfico en el que se dio a la fuga, después de provocar una muerte y de dejar dos heridos graves, por lo que todo hace indicar que se trató de un accidente de tráfico, aunque en cualquier caso por el momento se está a la espera de que se completen las diligencias correspondientes.
Dentro del «homicidio y sus formas» se castiga el homicidio imprudente en el artículo 142: 1) El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años. 2) Cuando el homicidio imprudente sea cometido utilizando un vehículo a motor, un ciclomotor o un arma de fuego, se impondrá así mismo, y respectivamente, la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores o la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, de uno a seis años. 3) Cuando el homicidio fuere cometido por imprudencia profesional se impondrá además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un periodo de tres a seis años.
Lo que caracteriza el homicidio imprudente es la falta de dolo, es decir, distingue este delito del homicidio doloso. La ausencia de dolo consiste en la falta de conocimiento y voluntad intencional directamente dirigida a causar la muerte de otra persona, sin embargo, el problema del dolo, se ha oscurecido como consecuencia de una tendencia a objetivizar el dolo, algo muy subjetivo.